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lunes, 12 de septiembre de 2011

Comisión asesora para la calificación de detenidos desaparecidos, ejecutados políticos y víctimas de prisión política y tortura

Objetivos

El objeto exclusivo de la Comisión fue calificar, de acuerdo con los testimonios y antecedentes presentados -pudiendo además realizar todas las actuaciones que estime pertinentes- los siguientes casos de violaciones a los derechos humanos:
a) Víctimas de privación de libertad y/o torturas por razones políticas, cuando aparezca comprometida la responsabilidad del Estado por actos de sus agentes o de personas a su servicio.
b) Víctimas de desaparición forzada o ejecutados políticos, cuando aparezca comprometida la responsabilidad del Estado por actos de sus agentes o de personas a su servicio.
c) Secuestros y atentados contra la vida de personas cometidos por particulares bajo pretextos políticos.
d) Todos estos casos deberán haber ocurrido en el periodo comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990.
La Comisión culminó sus funciones el 17 de agosto de 2011, haciendo entrega de su informe a S.E. el Presidente de la República, el 18 de agosto del presente año.

La calificación realizada por la Comisión otorga los beneficios legales correspondientes, señalados en el botón izquierdo respectivo de esta página.
Situaciones excluidas del Mandato.
En ningún caso la Comisión podrá calificar la situación de personas privadas de libertad en manifestaciones públicas, que fueron puestas a disposición de los tribunales de policía local o de algún tribunal del crimen por delitos comunes y luego condenadas por estos delitos.

PRISIÓN POLITICA Y TORTURA

Prisión Política: Comprende, entre otras, las siguientes situaciones:

a) Detención arbitraria o ilegal:

     •Se realiza sin fundamento en norma jurídica establecida con anterioridad a los hechos por los que ésta       es impuesta.

     • Pese a tener fundamento legal, éste no es acorde con los principios del derecho internacional de los      derechos humanos (sanciona hechos que constituyen conductas legítimas, impone sanciones      atentatorias      contra la dignidad de las personas, o establece procedimientos que no cumplen con      exigencias del debido proceso).

     • La detención se prolonga indebidamente (debió terminar por cumplimiento de la pena impuesta o por      haber transcurrido un tiempo razonable de permanencia en prisión preventiva).

     • Cuando al efectuarse la detención, los captores infringen garantías y derechos que la ley reconoce a      las personas, o no cumplen con las formalidades legales.

     • No se respetan las garantías o derechos del detenido durante la privación de libertad.

b) Relegación: Traslado obligatorio de una persona a un lugar distinto del de su residencia habitual por un plazo definido, por orden administrativa o judicial.
     • La relegación administrativa se fundamentó en un estado de excepción abiertamente violatorio del      Pacto de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas.
     • La relegación judicial es violatoria de los derechos humanos cuando es dictada por un tribunal que      carece de independencia o imparcialidad.

Reserva

Todas las actuaciones que realice la Comisión, así como los antecedentes que reciba tendrán el carácter de reservados, para todos los efectos legales.
Si el solicitante desea conservar copia de la ficha de ingreso, deberá reproducirla antes de su ingreso en la Unidad Receptora.

Tortura:

“Constituye tortura todo acto por el cual se haya infligido intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, castigarla por un acto que haya cometido o se sospeche que ha cometido, intimidar o coaccionar a esa persona u otras, anular su personalidad o disminuir su capacidad física o mental, o por razones basadas en cualquier tipo de discriminación. Siempre y cuando dichos dolores o sufrimientos se hayan cometido por un agente del Estado u otra persona a su servicio, o que actúe bajo su instigación, o con su consentimiento o aquiescencia” (definición adoptada por la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura).

Casos excluidos de calificación

No podrán ser calificadas las personas privadas de libertad en manifestaciones públicas, que fueron puestas a disposición de los tribunales de policía local o de algún tribunal del crimen por delitos comunes y luego condenadas por estos delitos.

INFORME DE LA COMISIÓN NACIONAL SOBRE POLÍTICA Y TORTURA

   Prólogo
   Nómina de Personas reconocidas como víctimas
   Índice
   Capítulo 1
   Capítulo 2
   Capítulo 3
   Capítulo 4
   Capítulo 5
   Capítulo 6
   Capítulo 7
   Capítulo 8
   Capítulo 9
   Capítulo 10
   Informe complementario etapa reconsideración
   Nómina de víctimas etapa reconsideración
   Nómina de víctimas menores de 18 años etapa reconsideración

  Ficha Ingreso Preso Politico y/o Torturado

Informe de AGOSTO de 2011

Informe de la Comisión Asesora para la Calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura.
Nómina de casos de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos reconocidos por la Comisión.
Nómina de prisioneros políticos y torturados reconocidos por la Comisión.


   Información de beneficios para personas calificadas


DETENIDOS DESAPARECIDOS Y EJECUTADOS POLÍTICOS

Desaparición forzada:

“Se entenderá por “desaparición forzada” el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad que sean obra de agentes del Estado o por personas o grupos de personas que actúan con la autorización, el apoyo o la aquiescencia del Estado, seguida de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o del ocultamiento de la suerte o el paradero de la persona desaparecida, sustrayéndola a la protección de la ley”. (Artículo 2 de la Convención Internacional para la Protección de todas las personas contra las Desapariciones Forzadas de Naciones Unidas).

Ejecutados políticos y víctimas de violencia política:

La Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación y la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, han señalado tipos de situaciones comprensivas de esta categoría de víctimas:
a) Ejecuciones: Se trata de casos en que se ejecutó a las personas sin proceso, o con proceso, sin las garantías mínimas, o alegando intento de fuga.
b) Uso indebido de la fuerza: Se trata de casos de muertes cometidas por agentes del Estado, en el ejercicio de la función de mantener el orden u otra similar, sin que se trate de una acción premeditada, pero en que la fuerza se ejerció en forma injustificada o en forma excesiva.
c) Muertes en horas de toque de queda: Incluye distintos tipos de situaciones ocurridas durante las horas de toque de queda, no comprendidas en las categorías anteriores.
d) Abuso de poder: Se trata de situaciones en las cuales de parte de la autoridad, tanto militar o policial, como judicial, hubo una ostensible falta de diligencia en investigar la responsabilidad que en el hecho le cabía al agente, y de la cual se derivó la impunidad de la acción delictuosa.
e) Torturas o malos tratos con resultado de muerte: Se consideran como tales el maltrato definido en el artículo 2 de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Castigos Crueles, Inhumanos o Degradantes, y que tuvo como resultado la muerte de la víctima.
f) Secuestros y atentados contra la vida de personas, cometidos por particulares bajo pretextos políticos.

Legislación

Sobre la comisión asesora

   Creación Comisión Asesora (despliega arts. 3º transitorio y siguientes ley 20.405)
   Decreto Supremo Nº 43 de 2010, del Ministerio del Interior
   Ley Nº 20.496: Prorroga Plazo de Calificación a la Comisión creada por Ley Nº 20.405

Sobre anteriores comisiones


   Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación (D.S. Nº 355 año 1990, Ministerio del Interior)
   Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación (leyes 19.123 y 19.980)
   Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura (D.S. Nº 1.040 año 2003 del Ministerio del Interior y ley 19.992)

Instituto de derechos humanos

   Ley 20.405

Otras normas de derechos humanos

    Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (ONU)
    Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas
    Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (ONU)
    Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura
    Declaración Universal de Derechos Humanos (ONU)
    Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica)

Prensa

Fecha Titulo
16-02-2010 Mañana Miércoles 17 se reabre Comisión Valech




Sitio Web: http://www.comisionvalech.gov.cl/

Dirección Postal:
CALLE PHILLIPS Nº 451
EDIFICIO PRESIDENTE, PISO 3
CÓDIGO POSTAL: 8320325
FONO: 800 411 400
SANTIAGO - CHILE

La Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura

La Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, presidida por Monseñor Sergio Valech (y llamada por lo mismo «Comisión Valech») fue un organismo chileno creado para esclarecer la identidad de las personas que sufrieron privación de libertad y torturas por razones políticas, por actos de agentes del Estado o de personas a su servicio, en el período comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, durante la dictadura militar de Augusto Pinochet.

Formalidades

Por decreto 1.040, de 26 de septiembre de 2003, el Presidente Ricardo Lagos dispuso la creación de esta Comisión, que tendría la calidad de órgano asesor del Presidente de la República. El objeto era evidentemente suplir las carencias de la Comisión Rettig, que sólo pudo pronunciarse sobre quienes habían muerto a manos de agentes del Estado durante Gobierno Militar. Las torturas y prisiones no habían sido contempladas con anterioridad. Mediante este acto, Lagos reivindicaba la dignidad de estas otras víctimas de la dictadura.

Miembros de la comisión

Fueron miembros de la Comisión:

Obra de la Comisión

Más de un año después de su creación, el Presidente Lagos dio a conocer al país el informe elaborado por la Comisión el 28 de noviembre de 2004, en un sentido discurso, profundamente afectado por los horrores de que el informe da cuenta. El informe fue elaborado en base al testimonio de más de 35 mil chilenos detenidos y sometidos a apremios ilegítimos tras el golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973.
La nómina de víctimas establecida por la Comisión ha servido de base a los beneficios (pensiones de reparaciones, entre otros) dispuestos por la Ley Nº 19.992, de 24 de diciembre de 2004 y hasta el 11 de marzo de 2010 se encontraba publicada en el informe impreso y en internet [1]. El gobierno de Sebastián Piñera, sin embargo, eliminó dicho informe del sitio oficial del Ministerio del Interior , provocando el reclamo de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos [2]. Producto de este reclamo, el informe fue repuesto en línea por el gobierno una semana después ([3]). Los testimonios completos de las víctimas contenidas en el informe serán desclasificados después de 50 años de su publicación.

Informe Rettig

Informe Rettig, nombre con que se conoce en Chile al informe final entregado, el 9 de febrero de 1991, por la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación sobre las violaciones a los derechos humanos acaecidas en Chile durante el régimen militar de Augusto Pinochet.

La Comisión, también conocida popularmente como la Comisión Rettig, debido a quien fuera designado como presidente de la misma, el jurista Raúl Rettig, sesionó durante nueve meses y su informe cubrió el periodo que va desde el 11 de septiembre de 1973 hasta el 11 de marzo de 1990. Esto originó una controversia pues distintas personas estimaron que el Informe también debía cubrir el gobierno de Allende, antecedente clave para comprender los hechos ocurridos durante el gobierno de Pinochet.

Concluye el Informe que en total 2.279 personas perdieron la vida en este período, de los cuales 164 los clasifica como víctimas de la violencia política y 2.115 de violaciones a los derechos humanos.

Además, el Informe propuso una serie de medidas compensatorias para los familiares de las víctimas, muchas de las cuales fueron implementadas en los años siguientes, como la Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación (1992-1997).

El 4 de marzo el entonces presidente de la República, Patricio Aylwin, da a conocer una síntesis del informe y pide perdón en nombre del Estado en una emisión televisada a toda la nación. Sus palabras fueron

(...) como Presidente de República, me atrevo a asumir la representación de la nación entera para, en su nombre, pedir perdón a los familiares de las víctimas (...) (revindicando) pública y solemnemente la dignidad personal de las víctimas, en cuanto hayan sido denigradas por acusaciones de delitos que nunca les fueron probados y de los cuales nunca tuvieron oportunidad ni medios adecuados para defenderse (...).

Es necesario consignar que el informe dejó de lado muchísimos casos que no fueron calificados por la comisión como crímenes de lesa humanidad cometidos por el Estado, pero que testimonialmente se comprobó su veracidad. Se cuestionó también la tergiversación o desvirtuación de los hechos por parte de uno o más de los miembros de la comisión (en especial el historiador Gonzalo Vial). La inexactitud del Informe Rettig se observa especialmente en este último punto, cuestión que suscitó la revisión exhaustiva del mismo por diversos organismos de Derechos Humanos y la edición de una corrección del mismo. (Nunca más en Chile. Síntesis corregida y actualizada de Informe Rettig. Ediciones LOM. Santiago, 1999)

Material de Descarga:

• [Bajar Tomo 1]  - (pdf: 5.2 MB)
• [Bajar Tomo 2] - (pdf: 5.4 MB)
• [Bajar Tomo 3] - (pdf: 1.7 MB

Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación

La Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, conocida comúnmente como Comisión Rettig, fue un organismo creado en Chile por el presidente Patricio Aylwin Azócar en 1990, mediante un Decreto Supremo de 25 de abril del mismo año, con el objeto de esclarecer "la verdad sobre las graves violaciones a los derechos humanos cometidas en el país entre el 11 de septiembre de 1973 y el 11 de marzo de 1990".1 Estuvo presidida por Raúl Rettig.


Decreto Supremo n.º 355 del presidente Patricio Aylwin por el cual se crea la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación. Colección del Archivo Nacional de Chile.


Integrantes de la Comisión

La Comisión Rettig estuvo integrada por destacadas personalidades chilenas:
Secretario: Jorge Correa Sutil (jurista, democratacristiano, miembro del gobierno de Lagos).

Obra de la Comisión

Luego de nueve meses de trabajo, el 8 de febrero de 1991 la Comisión entregó al presidente Patricio Aylwin un Informe final, en que se detallan 3.550 denuncias de violaciones a los derechos humanos, de las cuales 2.296 fueron consideradas como casos calificados.

Notas y DESCARGAS

  1.  Considerando n.º 1 del Decreto Supremo n.º 355, de 25 de abril de 1990, que dispuso la creación de la Comisión.
  2.  Decreto Supremo n.º 355, crea Comisión de Verdad y Reconciliación
    República de Chile (1990). «Decreto Supremo n.º 355, crea Comisión de Verdad y Reconciliación». Anexo. Ley n.º 19.213, crea Corporación Nacional de Reparación y Reconciliación, establece pensión de reparación y otorga otros beneficios en favor de las personas que señala. Santiago de Chile

Multitudinaria Marcha Recordó a Salvador Allende y a las Víctimas del 11 de Septiembre



Más de diez mil personas marcharon por más de tres horas en recuerdo de los fallecidos hace 38 años, cuando las Fuerzas Armadas derrocaron, mediante un Golpe de Estado promovido por los Estados Unidos, al Presidente Salvador Allende Gossens. Conforme a la pauta repetida hasta el espasmo, encapujchados protagonizaron enfrentamientos con fuerzas especiales de Carabineros, al término de la actividad, que el sistema mediático se encargó de trasnsmitir a la ciudananía, como el hecho principal de la jornada.



La caminata se inició en la plaza Los Héroes a las 10:30 hrs, y atravesó decenas de cuadras hasta llegar al Cementerio General, donde también se buscaba recordar a quienes perdieron la vida durante los 17 años de lucha contra la dictadura militar.

Un número superior a las diez mil pesonas participó en l marcha, que partió desde Los Héroes y enfiló por calle San Martín, para luego seguir hacia el norte llegarán a calle San Pablo y continuar caminando por calle Bandera, y después deben atravesar el Puente La Paz sobre el  río Mapocho.

Durante su extenso recorrido, la manifestación ciudadana organizada por la Asamblea de Derechos Humanos, no registró ningún incidente o desorden que obligara la más mínima intervención de Carabineros, que mantenía sólo un resguardo perimetral de la gran columna de personas.

Al contrario, los elementos distintivos de la marcha fueron su alta convocatoria, el ambiente de orden general en que transcurrió por el recorrido previamente acordado y autorizado por la autoridad, las consignas alusivas al 11 de septiembre de 1973 y al ex Presidente Salvador Allende, entre otros.

La presidente de la Agrupación de Detenidos Desaparecidos, Lorena Pizarro, señaló que: “La conmemoración del 11 de septiembre está llena de futuro de dejar todas las luchas del país, donde decimos con mucha fuerza que queremos un país democrático de verdad en que el centro sea la defensa de los derechos humanos”.

La dirigenta destacó que la actividad, en que según la organización habrían  participado unas 10 mil personas, era la manera de rendir homenaje a los fallecidos ese 11 de septiembre de 1973 y a quienes perdieron la vida durante la dictadura militar.

La presidenta de la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos, Alicia Lira, señaló que "este año para nosotros tiene que marcar un precedente en verdad, justicia y memoria".

Lira sostuvo que este homenaje "es por una sociedad que no puede estar sobre la base de la impunidad, porque sino los crímenes se vuelven a repetir".

Agregó que con la llegada a la presidencia del derechista Sebastián Piñera se ha registrado un retroceso en las investigaciones:

“Se han puesto una serie de trabas y en los últimos años no han habido más avances en las investigaciones sobre las violaciones a los derechos durante la dictadura de Augusto Pinochet (1970-1973)”, añadió Lira.

El presidente del Partido Comunista, Guillermo Teillier, participó de la marcha convocada por organizaciones de Derechos Humanos, en conmemoración del golpe militar del 11 de septiembre de 1973, e hizo -un llamado a recordar "lo que ocurrió el 11, la añoranza de esos tiempos, por toda la lucha después para terminar con la dictadura y el recuerdo de tantas víctimas":

"Provoca alegría ver que las ideas que se trataron de truncar con medidas represivas tan brutales, hoy día están floreciendo de nuevo en manos de los jóvenes, de los estudiantes y los profesores".

Teillier participó de la  marcha junto a su compañero de bancada, el diputado Hugo Gutiérrez, el presidente del Colegio de Profesores, Jaime Gajardo, la dirigente estudiantil Camila Vallejo, representantes de las agrupaciones de Derechos Humanos, entre otros.

Los funcionarios de Carabineros que acompañaban la marcha sólo se limitan a resguardar el perímetro de la numerosa columna de personas.Graves incidentes se registraron en el frontis del Cementerio General, donde encapuchados agredieron a representantes de la prensa que cubrían la marcha por el 11 de septiembre.

Hasta antes de la llegada al campo santo, la romería se desarrolló en forma pacífica durante todo el trayecto.

Mientras se realizaba el acto en el Cementerio General, dirigentes políticos del Partido Socialista y el Partido Comunista colocaron ofrendas florales en el monumento del presidente Salvador Allende (1970-1973) que se levanta en la Plaza de La Constitución frente a unos de los costados del Palacio de La Moneda.

Al  finalizar la marcha, un grupo de encapuchados protagonizó una serie de incidentes frente a la puerta de acceso al Memorial de los Detenidos Desaparecidos y Ejecutados Políticos del Cementerio General, atacando móviles de prensa y luego ingresó al campo santo, donde interrumpieron el acto central en que se recordaba a las víctimas del régimen militar.

Un total de 24 detenidos y 10  carabineros lesionados fue el saldo de los incidentes, adermás de un caballo herido con arma blanca.

La Intendenta de Santiago, Cecilia Pérez, calificó la marcha en "términos generales como pacífica", sin embargo, repudió el actuar de encapuchados al término de ésta:

"Nuevamente y cómo está siendo el tópico de estas movilizaciones al final aparecen estos cobardes delincuentes encapuchados que provocaron ciertos daños y lesiones en el Cementerio General y producto de eso hay 24 personas detenidas -21 de ellos hombres, tres mujeres- hay 10 carabineros lesionados y 5 civiles, dentro de los cuales la mayoría son periodistas".

A partir de estos desórdenes muchas personas que formaban parte de la gran columna, que se trasladó desde la Plaza Los Héroes, se vieron obligadas a abandonar el lugar, sin poder estar presentes en el acto final, que además tuvo suspenderse por estos hechos de violencia.

 

Un acto similar, tuvo lugar en Valparaíso, ciudad sede del Poder Legislativo, a 120 kilómetros al oeste de Santiago, donde también se le rindió un tributo a la memoria del ex mandatario, quien se suicidó en La Moneda de un disparo en la barbilla mientras los militares golpistas atacaban el edificio.

Previo a estos actos, durante la madrugada, se registraron diversos incidentes en Santiago y otras ciudades, dejando como saldo un carabinero herido, destrozos en la vía pública, cortes de luz en varios ayuntamientos y al menos media docena de detenidos.

En la región metropolitana de Santiago hubo balazos al aire, fogatas y barricadas en el municipio de San Bernardo, donde una turba incendió un microbús del transporte colectivo.

En pleno centro de la capital chilena, un grupo de muchachos incendió una caseta de seguridad ciudadana, mientras en Valparaíso se produjeron enfrentamientos en distintos puntos donde encapuchados levantaron barricadas, destruyeron semáforos y también dañaron vehículos de la locomoción colectiva.

En Concepción se reportaron barricadas en las afueras de la universidad y cortes de luz en sectores como Pedro del Río y San Pedro de La Paz, según difundió la página electrónica del diario El Mercurio.


La Historia Oculta del Régimen Militar

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