2005
Oficial del Ejército retirado. Ex miembro de la Dina.
era el jefe de Luz Arce. Extraditable. Oficial del Ejército que integró la brigada Mulchén de la DINA. Está acusado del asesinato de Carmelo Soria. Este oficial de Ejército integraba la brigada Mulchén de la Dina, y aparece como uno de los directamente implicados en la muerte de Carmelo Soria.
era el jefe de Luz Arce. Extraditable. Oficial del Ejército que integró la brigada Mulchén de la DINA. Está acusado del asesinato de Carmelo Soria. Este oficial de Ejército integraba la brigada Mulchén de la Dina, y aparece como uno de los directamente implicados en la muerte de Carmelo Soria.
Estuvo en Villa Grimaldi y en el Cuartel General de Calle Belgrano. Fue Subdirector de Inteligencia Interior, pero estaba igualmente informado de lo que se hacia en el exterior. Hoy esta en retiro como Coronel.
Fuentes:
Dónde están hoy los dinos de ayer? Gladys Díaz, La Tercera, El Mercurio, Fichas de casos de los detenidos desaparecidos.
Martes 14 de Mayo 2002 El Mercurio
Coronel (r) Rolf Wenderoth quedó en libertad provisional
La Corte de Apelaciones de Santiago otorgó la libertad provisional a un ex coronel del Ejército y jefe de una brigada de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) procesado por el secuestro de un izquierdista en 1975, informaron hoy fuentes oficiales.
La resolución, adoptada por unanimidad por la quinta sala del tribunal de alzada, benefició al coronel en retiro Rolf Wenderoth, procesado en calidad de autor del secuestro del militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) Manuel Edgardo Cortés Joo, desaparecido desde el 14 de febrero de 1975.
Según el Informe Rettig, Cortez Joo tenía 28 años de edad, era contador y padre de un hijo cuando fue detenido junto a otra persona en la vía pública, el 14 de febrero de 1975 por miembros de la DINA.
El joven fue visto por última vez en Villa Grimaldi, según han testificado ex presos políticos.
Wenderoth fue procesado en febrero último por este caso por la jueza de Santiago María Teresa Díaz, quien fue designada el año pasado por la Corte Suprema para investigar causas de desaparecidos "con dedicación exclusiva".
El ex coronel de Ejército ha sido sindicado en el proceso como jefe de la brigada Mulchén de la DINA y estuvo vinculado a Villa Grimaldi.
Wenderoth se encuentra detenido en el Comando de Telecomunicaciones del Ejército, recinto que abandonará en las próximas horas una vez que haga efectivo el pago de una fianza de 500 mil pesos.
Según testimonios de presos políticos, el coronel en retiro tenía el cargo de jefe administrativo de Villa Grimaldi, donde dirigió un grupo de informantes integrado por opositores al Gobierno Militar que bajo torturas sistemáticas aceptaron colaborar con la DINA.
En el caso Cortés Joo también están procesados los ex oficiales Miguel Krassnoff Martchenko, Marcelo Moren Brito, y los civiles Osvaldo Romo y Basclay Zapata Reyes, todos ex agentes de la DINA
22 de Diciembre 2004 El Mercurio
Juez Alejandro Solís dicta condenas en caso Cortez Joo
Además de la condena civil, el ministro de fuero Alejandro Solís notificó de las condenas penales por el secuestro calificado de Edgardo Cortez Joo, militante del MIR detenido en 1975 y desaparecido de Villa Grimaldi.
Como autores fueron sentenciados en primera instancia Krassnoff, Moren Brito, Romo, Wenderoth y Zapata. A los cuatro primeros se les impuso una pena de 10 años y al último de cinco años.
Por este caso nunca fue procesado el ex jefe de la Dina, Manuel Contreras Sepúlveda, quien aún no ingresa a cumplir condena por el caso de Miguel Ángel Sandoval Martínez, pues en la Corte Suprema continúa pendiente un recurso de inaplicabilidad presentado antes de la sentencia pronunciada hace tres semanas por la Segunda Sala Penal, imposibilitando la dictación del "cúmplase".
Siguiendo el criterio de la Suprema en la causa Sandoval, en el caso Cortez Joo el juez Solís desestimó aplicar prescripción y el Decreto Ley Amnistía por tratarse de un secuestro calificado, de carácter permanente.
El ministro, además, aplicó convenios internacionales. Consignó que "existe unanimidad en la doctrina en cuanto a que la amnistía deberá tener por objeto tan solo delitos políticos o militares, pero limitados a aquellos que no atenten contra los derechos humanos".
Según antecedentes de la Vicaría, el nombre de Edgardo Cortez Joo, apodado "el Chino Rony", casado, un hijo, apareció en una lista de 59 chilenos presuntamente muertos, heridos o evadidos en enfrentamientos con servicios de seguridad argentinos, dada a conocer el 24 de julio de 1975. La madre de la víctima sostuvo un breve intercambio epistolar con la entonces primera dama, Lucía Hiriart, quien le contestó que había enviado los antecedentes a la Dina.
Responsabilidad civil
El abogado querellante, Sergio Concha, fue también quien demandó civilmente a quienes resultaran autores del secuestro.
El profesional, que se encuentra estudiando apelar para que se aumente el monto, explicó que optó por incluirlos como "solidariamente responsables" ya que "por la enormidad de los crímenes que se han cometido, corresponde también que ellos cancelen la indemnización".
Para condenar civilmente a los victimarios, el ministro invocó el artículo 2324 del Código Civil. Tal disposición es aplicada frecuentemente en casos penales comunes, pero en derechos humanos los abogados han optado por dirigir las acciones civiles únicamente contra el Estado.
Concha también incorporó al Estado entre los demandados, pero el ministro Solís se declaró incompetente en esa materia y sostuvo que ella debe ser analizada por tribunales civiles.
El juez estableció que la indemnización por daño moral debe ser cancelada entre los cinco condenados (4 millones de pesos cada uno). Como beneficiaria dejó a la madre, Luisa Faustina Joo.
22 de Abril 2005 El Mercurio
Corte otorga libertad a ex uniformado por secuestro de Juan Maino
Por unanimidad, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago decidió otorgar esta tarde la libertad bajo fianza a Rolf Wenderoths, uno de los cinco ex miembros de la DINA procesados por el secuestro y desaparición del militante del Mapu Juan Maino, ocurrido en 1976.
El tribunal, compuesto por los ministros Gabriela Pérez, Rubén Ballesteros y el abogado integrante Benito Mauriz, resolvió fijar la fianza en 100 mil pesos.
Juan Maino fue detenido por agentes de la DINA cuando se encontraba en una casa en la comuna de Ñuñoa. Luego fue trasladado hasta Villa Grimaldi, donde se le perdió el rastro.
Testigos en la causa declararon haber visto en Colonia Dignidad un vehículo similar al que Maino tenía estacionado frente al domicilio el día de su detención: una citroneta modelo AX 330.
Por el secuestro de Maino, el ministro de fuero Jorge Zepeda procesó, el 21 de marzo pasado, al ex jerarca del enclave alemán, Paul Schaefer, en calidad de cómplice, y a cinco ex miembros de la DINA como autores.
Se trata de los ex uniformados Manuel Contreras, Carlos López Tapia, Osvaldo Pincetti, Eugenio Fieldhouse y Rolf Wenderoths.
Sábado 12 de noviembre de 2005 La Nacion
Confirman sentencias contra ex agentes DINA imputados en secuestro de mirista
La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó las condenas contra los ex agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el secuestro calificado del militante del Moviemiento de Izquierda Revolucionario (MIR), Manuel Cortés Hoo, en hechos acontecidos en 1975.
En el dictamen se pronunciaron los magistrados Amanda Valdovinos, Haroldo Brito y Carlos Gajardo, quienes ratificaron de esta forma lo resuelto por el ministro de fueron Alejandro Solís en el marco de la investigación del caso Villa Grimaldi.
Los acusados son: Miguel Krassnoff, Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderot, Basclay Zapata y Osvaldo Romo Mena.
En el fallo se establece asimismo que por daño moral a los familiares de Cortés Hoo, tanto los condenados como el Estado, deben cancelar una indemnización de 20 millones de pesos.
2 de Diciembre 2006 El Mostrador
Por caso de dos detenidos desaparecidos Solís condena a cúpula DINA tras interrogar a ex ministros de Pinochet
De manera reservada, el ministro Alejandro Solís interrogó a una serie de otrora integrantes del gabinete de la dictadura, en el marco de una diligencia solicitada por el propio Manuel Contreras, ex jefe del desaparecido organismo represivo. Tras las diligencias, el magistrado estimó que sus dichos ''no alteran los razonamientos anteriores'', y le aplicó la décima condena por violaciones a los derechos humanos.
Pese a que el ministro Alejandro Solís acogió la petición interpuesta por la defensa del ex jefe de la disuelta DINA, general (r) Manuel Contreras, referida a que las ex autoridades civiles del régimen de Augusto Pinochet avalaron que las detenciones realizadas por el disuelto organismo eran legales, el magistrado decidió finalmente mantener la tipificación de secuestro calificado y dictar una nueva condena en su contra.
Los abogados Fidel Reyes y Javier Gómez, quienes representan al ex uniformado, pretendían -mediante estos testimonios- lograr establecer que los militantes del MIR Eugenio Montti y Carmen Díaz, al igual que los otros detenidos desaparecidos, ya no se encuentran secuestrados y que sus aprehensiones fueron legales, en virtud de los decretos exentos firmados por las autoridades administrativas.
La decisión del juez Solís, en cuanto a tomar estas declaraciones en la fase probatoria de estos casos, había sido interpretada como un "triunfo" por parte de la defensa del militar en retiro, ya que hace un año atrás habían solicitado que se realizarán estas indagatorias, lo cual fue rechazado por este magistrado, así como también por los ministros Juan Eduardo Fuentes y Joaquín Billard, quienes también sustancian investigaciones en contra del organismo encabezado por Contreras.
No obstante, Solís no varió su apreciación de los hechos e igualmente dictó la décima condena por violaciones a los derechos humanos en contra del ex jefe de la DINA, como autor del secuestro calificado en contra de estos dos opositores a la dictadura, sancionándolo con 15 años y un día de presidio.
En tanto, también en calidad de autores, condenó a los ex agentes Marcelo Moren Brito y Rolf Wenderoth, por ambos casos, mientras que a Osvaldo Romo le aplicó una sanción de cinco años y un día por el secuestro calificado de Montti.
Asimismo, Solís castigó con cinco años y un día a Miguel Krasnoff y Basclay Zapata, en calidad de cómplices, mientras que a Fernando Laureani y Gerardo Godoy los absolvió por falta de participación en los hechos.
Eugenio Iván Montti Cordero egresado de Ingeniería Mecánica de la Universidad Técnica del Estado y militante del MIR, fue detenido por agentes de la DINA el
13 de febrero de 1975, junto a su hijo Iván Montti Araya, de 5 años, y Carmen Díaz Darricarrere, en el domicilio ubicado en Los Illanes Nº95, Las Condes. (Fuente: memoriaviva.com).
Según los antecedentes recopilados en el proceso judicial, los dos adultos estuvieron detenidos en el recinto de detención clandestino Villa Grimaldi, lugar desde el cual se perdió su rastro.
Declaraciones de ex autoridades
Durante el pasado mes de noviembre, declararon ante Solís los ex jefes de gabinete de Pinochet Ricardo García, Sergio Fernández y Sergio Onofre Jarpa, el general (r) César Benavides y Carlos Cáceres. Asimismo, declaró el otrora subsecretario del Interior general (r) Enrique Montero Marx.
También fueron interrogados los ex directores de la desaparecida CNI, generales (r) Odlanier Mena, Gustavo Abarzúa y Hugo Salas Wenzel, además del ex agente del Comando Conjunto Otto Trujillo.
Detenciones y muertes
Como se explicó a este medio, los objetivos que buscó la defensa de Contreras apuntaron a establecer que las detenciones llevadas a cabo por la ex DINA eran legales en la medida que existió un decreto ley que proscribió a los partidos políticos y las actividades proselitistas tras el golpe militar de 1973.
En esa medida, los abogados del ex uniformado -quien actualmente cumple dos condenas a firme: de 12 años y un día por el secuestro calificado del sastre Miguel Ángel Sandoval y otra de 10 años y un día por el caso de la estudiante de periodismo Diana Arón- buscaban establecer que las aprehensiones realizadas por el ex organismo de seguridad fueron lícitas.
Por otra parte, también persiguieron acreditar mediante estos testimonios que en Chile no existió un estado de guerra, con lo cual impugnarían la aplicación de la Convención de Viena sobre crímenes de lesa humanidad, como también que no habría existido una política institucional para ordenar secuestros de personas.
Otro de los fines a que apuntó esta estrategia fue acreditar que las víctimas no se encuentran apresadas hasta ahora, con el fin de desvirtuar la aplicación de la figura de secuestro permanente, logrando imponer el delito de homicidio calificado, el cual a su juicio estaría prescrito en virtud de la legislación penal chilena.
De hecho, al igual que en estos dos casos, la defensa del "Mamo" pedirá que en todos los casos en que está involucrado su cliente (alrededor de 150) se incluyan estos testimonios. Así también, por medio de ellos interpondrán recursos de revisión ante la Corte Suprema para intentar modificar las condenas "a firme" que existen en contra del ex uniformado.
Párrafos escogidos
- Ricardo García, ex ministro del Interior (1985-1987): "Aquellas detenciones asociadas a los estados de excepción, que eran efectuadas con decreto exentos y que se ajustaban a las normas constitucionales y legales vigentes, debe concluirse que no adolecían de ilicitud".
"En cuanto al arresto transitorio de personas, podían ejercerse mediante Decreto Supremo exento de toma de razón, firmado por el Ministro del Interior “por Orden del Presidente de la República”. Las situaciones de detención en estados de excepción, así como por decreto exento en la forma expresada, según mis recuerdos, eran planteadas por Investigaciones".
"Nunca tuve conocimiento que existiera una política institucional que contemplara secuestros. Tampoco tuve conocimiento de que la hubiera habido antes de mi ingreso a mi Secretaría de Estado".
- Sergio Fernández, ex ministro del Interior (abril de 1978 a abril de 1982 - julio de 1987 a octubre de 1988": "Durante los períodos que ejercí como Ministro del Interior, no había estado de sitio en el país, y conforme a la legislación vigente a la época las órdenes de arresto debían ser firmadas por el Ministro del Interior, bajo la fórmula por Orden del Presidente de la República".
"La CNI se vinculaba con el Gobierno para efectos administrativos a través del Ministerio del Interior. Este Ministerio no tenía ni tuición ni mando respecto de dicha Central, ni tampoco conocía ni se le informaba de sus operaciones.
Tampoco intervenía en el nombramiento de su personal. Era un ente militar autónomo y especializado".
- Sergio Onofre Jarpa, ex ministro del Interior (1983 - 1985): "En mi época como Ministro del Interior nunca hubo secuestrados".
- Enrique Montero Marx, ex subsecretario del Interior (septiembre de 1973 hasta abril de 1982): "El Ministro del Interior, en relación con las detenciones que se practicaban en virtud del estado de sitio, se limitaba exclusivamente a dictar un decreto exento que las autorizaba, señalando el nombre completo del detenido, el lugar donde permanecía y la constancia que quedaba sujeto a vigilancia y control del Jefe de la respectiva Guarnición Militar o de la autoridad de las Fuerzas Armadas o de Carabineros en que delegaren esa facultad".
- Odlanier Mena, ex director de la CNI: "No se recibieron como personas secuestradas de la DINA, a las presuntas víctimas de estos autos, Iván Eugenio Montti Cordero y Carmen Díaz Darricarrere".
"Durante el desempeño de mi cargo como Director de la CNI no hubo personas secuestradas en las instalaciones de este organismo, en consecuencia no se dispuso la liberación de ellos".
- Otto Trujillo, ex agente del Comando Conjunto: "Sólo en dos oportunidades, en allanamientos que se hicieron en los cuales yo participé, el Oficial coordinador, ya sea (Roberto) Fuentes Morrison o (Edgard) Ceballos, ingresaban a las casas y se hacían pasar por DINA, finales de 1975".
"Me acuerdo que ocurrió en dos oportunidades una en La Granja, después que se completa el allanamiento se llamó a Marcelo Moren Brito, en ese lugar se encontró un barretín, con armamento, creo que eran metralletas AKA. Moren llegó en un auto Ford, color salmón, ellos siguieron buscando y encontraron otro barretín más grande aún. Y el segundo fue en la población Los Cóndores de Plata, en este caso también se identificaron como agentes de la DINA".
30 de Marzo 2007 El Mostrador
Juez condena hasta quince años de cárcel a cúpula de la ex DINA
El ministro de fuero Alejandro Solís dictó una nueva condena de hasta quince años y un día contra la cúpula de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el secuestro calificado de Herbit Guillermo Ríos Soto, registrado el 3 enero de 1975.
Las máximas sentencias dictadas por el magistrado recayeron en contra del general retirado Manuel Contreras Sepúlveda, otrora director del organismo represivo, y el brigadier retirado Miguel Krassnoff Martchenko.
En tanto, a diez años y un día de prisión fueron condenados el brigadier (R) Pedro Espinoza Bravo, el teniente (R) Fernando Lauriani Maturana, el coronel (R) Marcelo Morén Brito, el mayor (R) Rolf Wenderoth Pozo, el suboficial (R) Basclay Zapata Reyes, y el agente civil Osvaldo Romo Mena.
Solís también condenó a cinco años de cárcel al teniente coronel retirado Francisco Maximiliano Ferrer Lima, y absolvió al carabinero en retiro Orlando Manzo Durán.
Ríos Soto, estudiante de pedagogía en Historia y militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido el 3 de enero de 1975 en el domicilio de un compañero, tras lo cual fue trasladado al centro de detención de Villa Grimaldi.
28 de Junio 2007 El Mostrador
Suprema dicta nueva condena aplicando figura del secuestro permanente
Sala Penal del máximo tribunal volvió a dictar sentencia contra cinco ex agentes de la disuelta DINA por un caso de detenido desaparecido. De los ex militares sentenciados a presidio efectivo, el único que se encuentra en libertad es el coronel retirado Rolf Wenderoth Pozo, que en los próximos días deberá ingresar al Penal Cordillera.
La Corte Suprema dictó una nueva condena en contra de cinco ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), aplicando la figura del secuestro calificado de un detenido desaparecido. Una decisión que llega en medio de las críticas de militares en retiro y parlamentarios de la UDI a la lógica de los tribunales en los casos por violaciones a los derechos humanos, luego de la fuga del general retirado Raúl Iturriaga Neumann.
La Sala Penal del máximo tribunal sentenció a 10 años y un día de reclusión al agente civil Osvaldo Romo Mena por el caso del detenido desaparecido Manuel Cortez Joo, y rebajó a cinco años y un día de reclusión las sentencias a Miguel Krassnoff, Marcelo Moren Britoy Rolf Wenderoth, que habían sido sentenciados a la mismas pena de Romo Mena.
Considerando la colaboración que prestó en el proceso, también se disminuyó de cinco años y un día a tres años y un día de presidio remitido la sentencia para el suboficial en retiro Basclay Zapata Reyes, conocido como “El Troglo”.
El fallo de los ministros Alberto Chaigneau, Nibaldo Segura, Jaime Rodríguez Espoz y los abogados integrantes José Fernández y Fernando Castro no entra en un análisis profundo de la figura del secuestro calificado y sólo se limita a rebajar las sentencias, considerando que Krassnoff, Moren Brito y Wenderoth están favorecidos por la atenuante de la irreprochable conducta anterior.
En el aspecto civil el dictamen hace un profundo análisis, ya que rechaza la demanda que habían presentado los familiares por daño moral y el tema debe ser analizado por la justicia civil y no junto a la sentencia penal rechazando el pago que se había ordenado solidariamente al Fisco y los 5 sentenciados a pagar $ 20 millones de pesos a los familiares de la víctima.
29 de Junio 2007 El Mostrador
Detienen a coronel (R) Rolf Wenderoth, condenado por desaparición
Ex oficial del Ejército debe cumplir cinco años y un día en la cárcel por secuestro permanente del mirista Manuel Cortez Joo.
La Policía de Investigaciones detuvo este viernes por la mañana en Osorno al coronel en retiro del Ejército Rolf Wenderoth, condenado por el secuestro permanente del militante del MIR Manuel Cortez Joo.
La orden de aprehensión fue emitida por el ministro Alejandro Solís luego de que el miércoles pasado la Corte Suprema rebajara la condena hasta cinco años y un día de reclusión por la desaparición ocurrida en enero de 1975.
El ex oficial, que fue capturado por efectivos de la Brigada de Asuntos Especiales y Derechos Humanos, será trasladado en horas de la noche hasta Santiago para ingresarlo al penal Cordillera.
El abogado de Wendertoth, Enrique Ibarra, ratificó la detención de su defendido e insistió en que una condena por un secuestro permanente es una “ficción jurídica”.
Cortez Joo (28) era contador auditor, casado y padre de un hijo al momento de su detención. Fue detenido por agentes de la DINA en la vía pública por tratar de evitar la detención de su amigo Hugo Daniel Ríos Videla, también militante del MIR y desaparecido.
Fue llevado a Villa Grimaldi y su nombre apareció en el primero de los dos listados de los 119 desaparecidos víctimas de la Operación Colombo, figurando en la lista de 59 nombres que fue publicada por el diario O Dia de Curitiba, Brasil, el 24 de julio de 1975.
Harboe: Dichos no son apropiados
Consultado sobre los dichos del profesional, el subsecretario del Interior, Felipe Harboe, insistó en que "en este país hay un estado de derecho que debe ser cumplido por todos, hayan o no usado uniforme o hayan o no, en este caso, cometido un delito”.
"Si una persona ha cometido un delito, lo que corresponde es la acción de la justicia. Si la justicia ha actuado, y establece las sanciones judiciales hay que cumplirlas”, indicó.
"Y así como lo hemos hecho con otros casos, corresponderá, en consecuencia a la justicia actuar, a través de las instituciones policiales correspondientes, para que las resoluciones judiciales se cumplan”, enfatizó.
Sin embargo, estimó que no es “apropiado que un jurista plantee posibilidades de vulneración de las normas judiciales, cuando justamente de lo que se trata su profesión, es de propender al respeto del Estado de Derecho, que es lo que corresponde”.
28 de Diciembre 2007 El Mostrador
Corte condena a 15 años de cárcel a Contreras por secuestro de mirista
Tribunal también sentenció a diez años y un día a los coroneles jubilados Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth y Francisco Ferrer Lima, a los ex brigadieres de Ejército Miguel Krassnoff y Pedro Espinoza y al suboficial Basclay Zapata.
La Corte de Apelaciones de Santiago condenó este viernes a quince años y un día de presidio al general retirado Manuel Contreras, ex jefe de la DINA, la policía secreta de la dictadura de Augusto Pinochet, por la desaparición de un mirista en 1975.
El tribunal también sentenció a diez años y un día a los coroneles jubilados Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth y Francisco Ferrer Lima, a los ex brigadieres de Ejército Miguel Krassnoff y Pedro Espinoza y al suboficial Basclay Zapata.
El fallo, acordado por unanimidad de la Novena Sala de la Corte de Apelaciones, ratificó la resolución de primera instancia dictada por el juez Alejandro Solís, el 18 de enero de este año.
El tribunal, sin embargo, rechazó la demanda civil interpuesta por los familiares de la víctima en contra del Estado chileno, que solicitaban una indemnización monetaria.
El caso se refiere al secuestro de Julio Flores, de 22 años, quien era estudiante de la Universidad Técnica del Estado y militaba en el Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR).
El joven fue detenido por agentes de la DINA el 10 de enero de 1975 en su domicilio en Santiago y fue visto por última vez en el centro de torturas de Villa Grimaldi, desde donde desapareció, según consta en el Informe Rettig.
Con la de este viernes, Contreras acumula una quincena de sentencias condenatorias en su contra, que suman más de 200 años de prisión, aunque al menos la mitad aún está pendiente de una revisión de la Corte Suprema.
Con estas sentencias la Corte de Apelaciones completa en lo que va del año 21 fallos en casos de violaciones a los derechos humanos. Según el informe Rettig, durante la dictadura de Pinochet más de 3.200 personas murieron a manos de agentes del Estado, de las que 1.192 figuran como detenidas desaparecidas.
20 de mayo de 2008 UPI
Ex jefe de la disuelta DINA sumó nueva condena
El magistrado dictó las siguientes sentencias en contra de ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA): Manuel Contreras Sepúlveda, 15 años como autor de secuestro calificado.
El ministro en visita Alejandro Solís dictó este lunes una nueva condena en contra del ex jefe de la desaparecida Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), general (r) Manuel Contreras por su implicancia en el secuestro calificado de Anselmo Radrigán Plaza, ocurrido a partir del 12 de diciembre de 1974.
El magistrado dictó las siguientes sentencias en contra de ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA): Manuel Contreras Sepúlveda, 15 años como autor de secuestro calificado; Marcelo Moren Brito 10 años y un día como autor de secuestro calificado; Pedro Espinoza Bravo, 10 años y un día como autor de secuestro calificado; Rolf Wenderoth Pozo, 10 años y un día como autor de secuestro calificado; Miguel Krassnoff Martchentko, 10 años y un día como autor de secuestro calificado; y Basclay Zapata Reyes, 10 años y un día como autor de secuestro calificado.
Asimismo el juez dictó una serie de autos de procesamiento por cuatro casos de secuestro calificado. Entre los encausados figuran Pedro Espinoza Bravo, Basclay Zapata Reyes y Palmira Almuna Guzmán, vinculados a la desaparición de Claudio Silva Peralta, ocurrido a partir del 26 de noviembre de 1974.
Por el secuestro de Mireya Pérez Vargas, secuestrada a partir del 24 de febrero de 1976, fueron procesados Manuel Contreras Sepúlveda, Miguel Krassnoff Martchentko, Carlos López Tapia, Basclay Zapata Reyes, José Fuentes Torres.
Por Jaime Robotham Bravo, secuestrado a partir del 31 de diciembre de 1974, Solís formuló cargos contra Contreras Sepúlveda, Pedro Espinoza Bravo, Rolf Wenderoth Pozo, Miguel Krassnoff Martchentko, Fernando Lauriani Maturana, Daniel Cancino Varas.
En el caso de Claudio Thauby Pacheco, secuestrado a partir del 31 de diciembre de 1974, se encausó a Pedro Espinoza Bravo, Rolf Wenderoth Pozo, Fernando Lauriani Maturana y Daniel Cancino Varas
Sábado 27 de diciembre de 2008 El Mostrador
Suprema dicta condena a cúpula de la DINA por secuestros calificados
La Corte Suprema dictó condena en la investigación por los secuestros calificados de Eugenio Montti Cordero y Carmen Díaz Daricarrere, ocurridos a partir el 13 de febrero de 1975 en la Región Metropolitana.
En fallo dividido, los ministros de la Segunda Sala del máximo tribunal acogieron el recurso de casación presentado en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago del 21 de enero de 2008.
El tribunal máximo sentenció al ex director de la DINA, Manuel Contreras Sepúlveda, a 7 años de presidio efectivo; y a Marcelo Moren Brito y Rolf Wenderoth Pozo, a 4 años de presidio, como autores de dos secuestros calificados. Se les concedió el beneficio de la libertad vigilada.
En tanto, Miguel Krassnoff Martchentko y Basclay Zapata Reyes fueron condenados a 541 días de presidio como cómplices de dos secuestros calificados. Se concedió el beneficio de la remisión condicional de la pena.
Fernando Lauriani Maturana y Gerardo Godoy García fueron absueltos por falta de participación.
Asimismo, se ratificó la decisión de rechazar la demanda de indemnización de perjuicios presentados por los familiares de las víctimas en contra del Estado de Chile.
En el aspecto penal, la decisión se adoptó con el voto en contra de los ministros Segura y Ballesteros, quienes estuvieron por acoger la figura de la prescripción de la acción penal y determinar la absolución de todos los procesados.
En tanto, en el aspecto civil la decisión se adoptó con el voto en contra de los ministros Dolmestch y Künsemüller, quienes sostienen que este tipo de delitos son imprescriptibles, tanto en el aspecto penal como en el civil, por lo que eran partidarios de conceder indemnización por el daño causado.
Con este fallo se completan 15 sentencias por este tipo de procesos dictadas por la Corte Suprema en este año, y 43 desde 2005.
Historia de su desaparción
Carmen Díaz Darricarrere y Eugenio Montti, quienes tenían 24 y 29 años, respectivamente, fueron aprehendios por agentes de la DINA a escasos metros de su domicilio junto al hijo de este último, de cinco años. Junto a otros detenidos -Alan Bruce Catalán y Sergio Vásquez Sáenz- fueron llevados ese mismo día a Villa Grimaldi, en donde fueron interrogados y sometidos a tortura.
Ambos jóvenes y los otros detenidos desaparecieron desde ese recinto clandestino la última semana de febrero de 1975, mientras que el niño, quien también fuera llevado a Villa Grimaldi, fue trasladado a un hogar de menores donde fue encontrado fortuitamente por sus familiares.
Martes 30 de diciembre de 2008 La Nación
Juez dicta condenas por desaparición de dos socialistas en 1974
El ministro Alejandro Solís sentenció a siete ex agentes de la DINA que secuestraron a Jaime Robotham y Claudio Thauby justo la víspera del Año Nuevo de 1975. Las pistas de los estudiantes de Sociología se pierden tras su paso por Villa Grimaldi.
Un capítulo doloroso de la reciente historia comenzó ayer a cerrarse luego que el ministro de fuero Alejandro Solís dictara sentencia por el secuestro calificado de los dos militantes del Partido Socialista Jaime Robotham y Claudio Thauby, detenidos por organismos represores durante la víspera del año nuevo de 1975.
El magistrado condenó al ex jefe de la DINA, Manuel Contreras, a 15 años de presidio efectivo y la misma pena impuso al líder de la denominada "Brigada Vampiro", Fernando Lauriani quien -según el relato de testigos- se habría ensañado con las torturas a Thauby, ya que lo conocía de la Escuela Militar, donde el joven socialista había pasado un tiempo antes de decidirse a estudiar Sociología en la Universidad de Chile.
Este hecho habría molestado a Lauriani quien lo consideraba un traidor a las Fuerzas Armadas por sus ideales socialistas, situación que quedó plasmada en declaraciones efectuadas a la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación en 1990.
Asimismo, el juez tras investigar este caso halló responsabilidad en los demás agentes represores Pedro Espinoza, Marcelo Moren Brito, Rolf Wenderoth y Miguel Krassnoff; todos sentenciados a 10 años de cárcel y sin ningún beneficio. En tanto, el ex policía Daniel Cancino quien fue destinado a la DINA durante esos años fue condenado a 5 años y un día.
Esto último por prestar colaboración para el esclarecimiento de los hechos. El policía, en una de sus declaraciones, reconoció que integró el "Grupo Vampiro" y aclaró que Lauriani estuvo al mando del grupo que detuvo a Robotham y Thauby.
"Cuando se hizo cargo del grupo Laureani me pareció que era una persona que no tenía manejo de mando, tenía menos grado que yo en equivalencia y era tonto, por lo que me molestó mucho estar bajo sus órdenes ( ) (le decíamos) "Pablito". Se le decía así como diminutivo por lo tonto que era. No tenía ninguna preparación. Era un ignorante total en todo aspecto" declaró Cancino.
Asimismo, el ministro Solís acogió la demanda indemnizatoria presentada por las familias de las víctimas. Es así como todos los condenados deberán cancelar $250 millones a la familia de Thauby y la misma suma a la de Robotham.
Ambos jóvenes caminaban por calle Miguel Claro el 31 de diciembre de 1974, cuando agentes de la DINA los intimidaron con armas obligándolos a subirse a un automóvil para luego trasladarlos a Villa Grimaldi.
En ese lugar, Robotham durante su estadía era identificado porque su cabeza sangraba debido a que una alergia le impedía cicatrizar un golpe recibido de parte de uno de los agentes cuando quiso escapar de la detención.
En tanto, Thauby recibió una tortura tan violenta con electricidad que afectó su oído medio y su equilibrio. Una cara amoratada y su incapacidad para mantenerse de pie son las características que recuerdan ex prisioneros de Villa Grimaldi que le perdieron la pista en ese recinto.
Martes 14 de abril de 2009 La Nación
Manuel Contreras suma 15 años más de condena
Otra vez el ex director de la DINA, Manuel Contreras, suma condena en causa de derechos humanos. Esta se vez se trata del secuestro de Anselmo Radrigán Plaza, ocurrida el 12 de diciembre de 1974 en la región Metropolitana.
En esta investigación la Corte de Apelaciones de Santiago dictó condena de segunda instancia en un fallo unánime suscrito por los ministros Lamberto Cisternas, Gloria Ana Chevesich y la abogada integrante Claudia Chaimovich.
Los jueces ratificaron en el aspecto penal la sentencia del ministro en visita Alejandro Solís que estableció las siguientes penas:
- Manuel Contreras Sepúlveda 15 años de presidio.
- Marcelo Moren Brito 10 años y un día de presidio.
- Pedro Espinoza Bravo. 10 años y un día de presidio.
- Rolf Wenderoth Pozo. 10 años y un día de presidio.
- Miguel Krassnoff Martchentko. 10 años y un día de presidio.
- Basclay Zapata Reyes. 10 años y un día de presidio.
En materia civil los jueces estuvieron por entregar una indemnización a los familiares de las víctimas, cambiando así el dictamen de primera instancia suscrito por el ministro Alejandro Solis:
Amalia Caballero Nadeau. $ 40.000.000
Gastón Radrigán Plaza $ 20.000.000
Cecilia Radrigán Plaza. $ 20.000.000
Jorge Radrigán Plaza $ 20.000.000
Viernes 20 de noviembre de 2009 El Clarin.
Procesados en España Generales y oficiales implicados en asesinato de Carmelo Soria
Los generales (R) del Ejército de Chile Hermán Brady Roche, Cesar Raúl Benavides Escobar, Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Jaime Enrique Lepe, Raúl Eduardo Iturriaga Neuman Orellana; el ex Subsecretario del Interior, Capitán de Navío Enrique Montero Marx; los oficiales Jorge Remigio Rios San Martín; Guillermo Humberto Salinas Torres; Pablo Belmar Labbé; René Patricio Quilhot Palma; Rolf Wenderoth Pozo; Ricardo Lawrence Mires, han sido procesados por el Juzgado Central de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional de España por su participación, mediata o inmediata, en el secuestro, tortura y asesinato del diplomático D. Carmelo Soria.
En el Auto de 17 de noviembre de 2009, que próximamente publicará integro EL CLARIN en la sección “Caso Pinochet”, el Juez y el Ministerio Fiscal han aceptado la ampliación de querella formulada el 23 de enero de 2007 por la Fundación Presidente Allende-España y la viuda de D. Carmelo Soria. Estos habían solicitado, asimismo, el procesamiento del Ministro del Interior, Sergio Fernández, y de la Ministra de Justicia, Mónica Madariaga, por haber firmado en 1978 el Decreto de Amnistía en cuya aplicación la Corte Suprema de Chile ha ordenado en 1996 que este crimen no fuera enjuiciado en Chile. El Juez español ha denegado el procesamiento de estos Ministros de la Dictadura “en este momento, por cuanto resulta insuficiente para hacerlo el hecho de que hubiesen firmado el Decreto de Amnistía en 1978 que sirvió para conferir impunidad a los autores, cómplices y encubridores, porque por tal razón también tendrían que serlo los demás miembros del gobierno y todos aquellos que aplicaron la norma posteriormente, máxime después del pronunciamiento sobre tal tipo de normas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Por tanto, y ientras no se acredite una participación diferente en los hechos no puede admitirse a trámite la querella contra estas dos personas”.
El Auto de 17 de noviembre de 2009 acuerda, entre otras Diligencias, poner en conocimiento del Sr. Secretario General de Naciones Unidas, en aplicación del artículo 11 del Convenio sobre prevención y castigo de delitos contra personas internacionalmente protegidas de 14 de diciembre de 1973, la admisión de la querella contra los presuntos culpables de la tortura y asesinato de D. Carmelo Soria Espinoza y que en su día se comunicará el resultado final.
España asume la competencia para enjuiciar este delito en virtud de los principios de jurisdicción universal y de evitar la impunidad, después que la Corte Suprema ha acordado que no puede serlo en Chile, país cuya jurisdicción España considera preferente en virtud del principio de territorialidad.
16 de Marzo 2011
La Nación
DDHH: Nuevos procesamientos contra encarcelada cúpula DINAFallo del ministro Solís corresponde a los casos de secuestro calificado de Juan Aniceto Meneses Reyes, Eduardo Zúñiga Zúñiga y Carlos Terán de la Jara.
El ministro de fuero Alejandro Solís dictó 3 nuevos autos de procesamiento contra la cúpula de la disuelta DINA en investigaciones por casos de detenidos desaparecidos, ocurridos desde 1974 durante la dictadura de Augusto Pinochet.
En su resolución, el magistrado ordenó el ingreso a prisión preventiva de todos los procesados por considerarlos un “peligro para la sociedad”, pese a que ya se encuentran tras las rejas cumpliendo penas por otras violaciones de derechos humanos.
Por el secuestro calificado de Juan Aniceto Meneses Reyes, ocurrido a partir del 3 de agosto de 1974, el magistrado encausó al ex director de la DINA, Manuel Contreras Sepúlveda, junto a los ex agentes Miguel Krassnoff Martchentko, Marcelo Moren Brito, Basclay Zapata Reyes, Gerardo Godoy García y Maximiliano Ferrer Lima.
En cuanto al secuestro de Eduardo Zúñiga Zúñiga, ocurrido a partir del 23 de agosto de 1974, fueron procesados Contreras, Krassnoff, Moren Brito y Zapata.
Por el caso de Carlos Terán de la Jara, ocurrido a partir del 11 de diciembre de 1974, el ministro Solís encausó a Contreras, Krassnoff, Moren Brito , Zapata y Rolf Wenderoth Pozo.
La Nación
DDHH: Nuevos procesamientos contra encarcelada cúpula DINAFallo del ministro Solís corresponde a los casos de secuestro calificado de Juan Aniceto Meneses Reyes, Eduardo Zúñiga Zúñiga y Carlos Terán de la Jara.
El ministro de fuero Alejandro Solís dictó 3 nuevos autos de procesamiento contra la cúpula de la disuelta DINA en investigaciones por casos de detenidos desaparecidos, ocurridos desde 1974 durante la dictadura de Augusto Pinochet.
En su resolución, el magistrado ordenó el ingreso a prisión preventiva de todos los procesados por considerarlos un “peligro para la sociedad”, pese a que ya se encuentran tras las rejas cumpliendo penas por otras violaciones de derechos humanos.
Por el secuestro calificado de Juan Aniceto Meneses Reyes, ocurrido a partir del 3 de agosto de 1974, el magistrado encausó al ex director de la DINA, Manuel Contreras Sepúlveda, junto a los ex agentes Miguel Krassnoff Martchentko, Marcelo Moren Brito, Basclay Zapata Reyes, Gerardo Godoy García y Maximiliano Ferrer Lima.
En cuanto al secuestro de Eduardo Zúñiga Zúñiga, ocurrido a partir del 23 de agosto de 1974, fueron procesados Contreras, Krassnoff, Moren Brito y Zapata.
Por el caso de Carlos Terán de la Jara, ocurrido a partir del 11 de diciembre de 1974, el ministro Solís encausó a Contreras, Krassnoff, Moren Brito , Zapata y Rolf Wenderoth Pozo.
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