Como ya es costumbre, con nula publicidad en los medios de comunicación, el 31 de julio se publicó en el Diario Oficial que los trabajadores de las empresas públicas y privadas ya no tendrán la posibilidad de declararse en huelga. Esta decisión fue aprobada el 25 de julio junto al Ministerio del Trabajo, de Defensa y Economía. El miembro de la Comisión del Trabajo en la Cámara de Diputados, Tucapel Jiménez, contó que “el derecho a huelga es un procedimiento esencial de la libertad sindical” y que en la Constitución no está consagrado el Derecho “de forma expresa” sino que lo desconoce para “ciertos sectores y empresas”.
“La Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha recomendado a Chile cambiar el artículo porque es demasiado amplio, mientras que el de la organización señala que “todas las empresas que prestan servicios esenciales no podrán paralizar si tienen algún riesgo para la salud de las personas, para la seguridad”, la chilena habla de aquellas que prestan servicios de utilidad pública y la economía nacional, siendo un país con mayor restricción sobre las huelgas”
EXPLOTACIÓN LABORAL CON SUELDOS MISERABLES
http://www.gamba.cl/gobierno-de-los-empresarios-sin-aviso-alguno-pinera-prohibio-el-derecha-a-huelga-de-los-trabajadores/
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.