Hernán@CosmonautaAraya
(1) Hace un año fui desvinculado de la institución pública en la que me desempeñé como funcionario a contrata por 5 años. Sin embargo, hace unos meses @Contraloriacl señaló que tal desvinculación no se ajustó a derecho.Abro hilo para contarles que hacer frente a esta situación:
(2) Toda desvinculación de un funcionario a contrata debe contener los siguientes requisitos:a. Debe realizarse mediante un acto administrativo (art. 3 ley 19.880). Es decir, debe constar en un decreto o resolución que contenga la decisión formal de no renovar el vínculo.
(3) b. El acto administrativo debe ser fundado (art. 11 y 41 ley 19.880). Debe contener los motivos, razonamientos y antecedentes de hecho y derecho que sustentan la decisión. No basta que el convenio contenga la frase “por no ser necesarios sus servicios” u otras similares.
(4) Situaciones que podrían justificar el acto administrativo: evaluación deficiente; modificación de las funciones o reestructuración del servicio; eliminación o modificación de planes y programas; nuevas condiciones presupuestarias del servicio. Estas deben estar "fundadas".
(5) c. Plazo (art. 10 ley 18.834 y art. 2 ley 18.833): el acto administrativo debe dictarse a más tardar el 30 de noviembre.d. Notificación (art. 45 ley 19.880): Debe contener el texto íntegro del acto administrativo, y debe notificarse, a más tardar, en los 5 días siguientes.
(6) Ahora lo importante: ¿Qué acciones puedo tomar si me desvinculan?1. Interponer un recurso de reposición y/o jerárquico (art. 59 ley 19.880): Se interpone ante organismo que dicta el acto administrativo y, el jerárquico, ante el superior jerárquico. Plazo: 5 días hábiles.
(7) 2. Interponer una reclamación por vicio de legalidad ante la @Contraloriacl (art. 160 ley 18.834 y art. 156 ley 18.883). Plazo: 10 días hábiles desde que se toma conocimiento del acto. En caso de acogerse, el acto queda sin efecto y el funcionario se reintegra al servicio.
(8) 3. Interponer una acción de protección ante Corte de Apelaciones (ojo con la sentencia rol 38.681-2017 de la Corte Suprema). En caso de que se rechace en primera instancia, se podrá apelar ante la Corte Suprema.
(9) 4. Interponer demanda en procedimiento de tutela de derechos fundamentales ante tribunales laborales. Plazo: 60 días hábiles desde que se toma conocimiento de la vulneración. Ventaja: sólo basta probar indicios de vulneración, ya que la prueba es deber del servicio denunciado
(10) En mi caso, recurrí a @Contraloriacl dentro de los 10 días hábiles desde que tomé conocimiento de mi desvinculación. No se requiere de la representación de un abogado para presentar un requerimiento, así como tampoco de lenguaje técnico para redactar el mismo.
(11) También es importante saber la existencia de los dictámenes 85.700 de 2016 y 6.400 de 2018 de@Contraloriacl, así como de la sentencia rol 38.681-2017 de la Corte Suprema, los cuales son antecedentes contundentes frente a una reclamación de ilegalidad de la desvinculación.
(12) ¿Por qué es importante el dictamen 85.700 de 2016?Porque fija criterios e instrucciones para complementar lo establecido por 2 dictámenes de @Contraloriacl relacionados a la protección de la estabilidad en el empleo de funcionarios a contrata: el 23.518 y 22.766 de 2016.
(13) El dictamen 23.518 establece que el término anticipado de una designación a contrata que señale “hasta que sean necesarios su servicios”, debe materializarse en un acto administrativo fundado (motivos, razonamientos y antecedentes de hecho y derecho).
(14) El dictamen 22.766 establece que la contratación reiterada de funcionarios a contrata genera un vínculo permanente y constante entre ellos y el servicio, generando una legítima expectativa respecto de su recontratación para el año siguiente.
(15) A este principio se le conoce como "confianza legítima", por lo que la desvinculación requiere de un acto administrativo que explicite los fundamentos que motiven tal decisión. Para que opere este principio, deben haber al menos 2 contrataciones reiteradas e ininterrumpidas.
(16) Existen diversas alternativas para denunciar desvinculaciones que no se ajustan a derecho en el sector público, mi amigo @steban3 me recomendó acercarme a @Contraloriacl apenas supo de mi situación. Mi consejo es que utilicemos las herramientas institucionales que tenemos.
Otro usuario hizo el siguiente aporte:17) Por último, si denuncias ten paciencia. Esperé meses una resolución favorable por parte de @ContraloritoCGR, la cual ya dispuso regularizar mi situación frente a mi ex servicio por 2018, y hoy estoy a la espera de la toma de razón del mismo respecto a mi situación en 2019.
Agregaría Dictamen 16.512-18, establece condiciones en que los trabajadores a honorarios que fueron traspasados a contrata por ley gozan también de confianza legítima.
https://twitter.com/CosmonautaAraya/status/1200442201215586304
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