El 25 de agosto, dos días antes de la audiencia de formalización, aparecieron dos inserciones en las que 1.084 personas manifestaban su apoyo al sacerdote John O’Reilly. La Fiscalía requirió la identidad de las personas que contrataron y pagaron las publicaciones en El Mercurio y La Tercera. Argumentando el derecho a la libre expresión y que era un acto entre privados, se negaron a entregar los antecedentes. “¿Y si fue el colegio o la orden o algún testigo que declaró? ¿Y si los medios no cobraron?”, se pregunta el abogado querellante, José Ignacio Escobar. Ayer el profesional citó las inserciones para demostrar el poder de los amigos del cura y el temor a las represalias de las cinco testigos protegidas, cuyos nombres seguirán siendo reservados.
El domingo 25 de agosto, dos días antes de la audiencia de formalización por abuso sexual en contra de dos alumnas al interior del Colegio Cumbres, La Tercera y El Mercurio publicaron inserciones firmadas por 1.084 personas con sus nombres, dos apellidos y RUT en apoyo al sacerdote legionario John O’Reilly. Declaraban “haber sido testigos de las obras del padre John O’Reilly al servicio de Dios y no podemos callar frente al dolor infinito de un hombre inocente imputado del más vil de los delitos”.
Entre los suscriptores estaban Nicolás Ibáñez, socio de D&S, la cadena supermercadista que fue vendida a Walmart; el hermano del ministro del Interior, Herman Chadwick, y su señora; Pilar Capdevila, esposa de Eliodoro Matte (quien no figura); los abogados Andrés Serrano, miembro del Tribunal Supremo de la UDI; y Juan Eduardo Palma (Palma y Cía); el empresario inmobiliario Jaime Izquierdo Iñiguez; el director del Puerto Lirquén (del grupo Matte), Juan Manuel Gutiérrez; el socio de la inmobiliaria FFV, Arturo Fernández León; el gerente general del Grupo Security, Renato Peñafiel; el director de CMPC (grupo Matte) y de Iansa, Arturo Mackenna; los también directores de Iansa, Patricio Claro Grez y Joaquín Noguera; el presidente de la exportadora Viconto, Carlos Souper; el vicepresidente de Wenco, Anselmo Palma Pfotzer; el gerente general de Turismo Cocha, Sergio Purcell; el socio de la empresa calculista ALV, Alfonso Larraín Vial, y el arquitecto Gerardo del Río.
El abogado de la parte querellante, José Ignacio Escobar, socio del estudio Harasic y López, solicitó al día siguiente al Ministerio Público que oficiara a los dos medios para que entregaran los nombres de las personas naturales o jurídicas que pidieron publicar las inserciones y cómo y cuánto pagaron por dichos avisos.
Durante la audiencia que llevó adelante la magistrada del Cuarto Juzgado de Garantía, Andrea Díaz-Muñoz, y en la que fue formalizado John 0’Reilly, el abogado intentó argumentar sobre la importancia de dichos insertos, pero al mencionarlos la jueza lo interrumpió y le manifestó que era una impertinencia. Cuando quiso justificar por qué eran relevantes la magistrada le impuso una amonestación disciplinaria, a la que apeló. “Es poco habitual que te interrumpan. Y más que te amonesten. Ocurre cuando hay una falta de respeto grave a la contraparte o al juez, o busca impedir que las partes se agredan verbalmente”.
Las cartas de apoyo, a juicio del abogado, constituyen un acto de presión sobre los jueces, testigos, peritos y otras posibles víctimas. “O’Reilly sabe quiénes son sus amigos, no necesita una carta o se la pueden mandar privadamente. ¿Qué sentido tiene publicar una inserción en dos medios de circulación nacional? No va dirigida a los lectores, que ya se han formado una opinión, o a la Fiscalía, que ya tomó una decisión, sino a los que tienen que intervenir de distinta manera como jueces, peritos o testigos. Es decirles: él no anda solo, tiene amigos poderosos”.
El Ministerio Público, accediendo a su solicitud, requirió a los dos medios de comunicación la información. Ambos se negaron, con argumentos que, según Escobar, no tienen fundamento legal.
La Tercera respondió: “No es posible atender su solicitud. Es de público conocimiento que la investigación a la que hace referencia su oficio versa sobre delitos sexuales cometidos mucho antes de la publicación del 25 de Agosto de 2013, por lo que los documentos e información requerida (apoyo público de diversos ciudadanos a un imputado mediante inserto de prensa de fecha 25 de Agosto de 2013), es muy posterior al hecho investigado, no está relacionada con el mismo, no puede ser objeto de comiso ni servir como medio de prueba de tales hechos. Por el contrario, se trata de un acto entre privados, de carácter lícito, en ejercicio de la libertad de emitir opinión y de informar de cualquier forma y por cualquier medio, sin censura previa, consagrada en el artículo 19 N°12 de la Constitución Política. Lo anterior, se une al hecho de que se trata de información comercial, de carácter reservado, cuya divulgación puede afectar el desarrollo económico de La Tercera”.
El Mercurio, por su parte, sostuvo: “Me permito señalarle que por tratarse de un inserción, que se efectuó dentro de las prácticas comerciales normales o habituales del diario El Mercurio, estamos amparados por la reserva correspondiente sobre los antecedentes, sin perjuicio de que además, estimamos que los datos requeridos no son de aquellos contemplados dentro de las hipótesis señaladas por las disposiciones invocadas”.
Frente a la negativa, el Ministerio Público solicitó al Cuarto Juzgado de Garantía que los apercibiera a entregar la información.
DUDAS NO ACLARADAS: “¿Y SI LOS MEDIOS NO COBRARON?
Las cartas de apoyo, a juicio del abogado, constituyen un acto de presión sobre los jueces, testigos, peritos y otras posibles víctimas. “O’Reilly sabe quiénes son sus amigos, no necesita una carta o se la pueden mandar privadamente. ¿Qué sentido tiene publicar una inserción en dos medios de circulación nacional? No va dirigida a los lectores, que ya se han formado una opinión, o a la Fiscalía, que ya tomó una decisión, sino a los que tienen que intervenir de distinta manera como jueces, peritos o testigos. Es decirles: él no anda solo, tiene amigos poderosos”.
Agrega que conocer la identidad de las personas que solicitaron y pagaron las inserciones es un asunto relevante en la causa. El abogado plantea: “Pudo ser la congregación de los Legionarios de Cristo, lo que sería grave, ya que ésta llevó adelante la investigación eclesiástica inicial. O el colegio, que fue el que denunció los hechos a la justicia. Y sería raro que denunciara, por un lado, y, al mismo tiempo, apareciera alegando la inocencia del imputado. O testigos de la causa, con lo cual se pondría en cuestión su imparcialidad. Entre los firmantes hay varios de apellidos Bollmann Schele y hay una testigo que pertenece a esta familia que es una de las principales testigos de la causa. Es una de las primeras personas a las que la madre de las menores le comunica sus sospechas de abuso y ella hace afirmaciones sobre la madre en el juicio”.
Afirma que no sabe si los medios cobraron por estas inserciones. “Si no lo hicieron implicaría que están sosteniendo la inocencia del imputado y que, por lo tanto, ha existido una cobertura sesgada del caso”.
El 16 de septiembre el magistrado Jorge Norambuena Carrillo, del Cuarto Juzgado de Garantía, rechazó la petición por estimarla desproporcionada al afectar derechos de terceros ajenos a la investigación.
El abogado querellante presentó un recurso de reposición junto al Ministerio Público planteando, entre otros puntos, que no se puede afectar a terceros sin saber de antemano quién encargó la publicación. También sostuvo que el abogado del querellado, Luis Hermosilla, estimó que las inserciones eran un medio de prueba —cosa que contradice uno de los argumentos de La Tercera— y las acompañó a la carpeta de investigación. “El que sean un medio de prueba es uno de los fundamentos que autoriza a obtener la información según el artículo 217 del Código Procesal Penal. También revela la coordinación entre quienes publican la carta y su uso como medio de defensa”.
Argumentó que no se viola el secreto de la fuente periodística, ni hay secreto comercial o industrial involucrado en la divulgación del nombre de quien encarga el inserto y el monto pagado. Tampoco se vulnera la libertad de expresión, puesto que no se trata de un acto de censura previa, y los que pagan un inserto de esta naturaleza no pueden tener una legítima expectativa de privacidad respecto de quien la solicita y cancela.
“A diferencia de lo sostenido en la resolución el objetivo de la diligencia es obtener información útil a la investigación. Es importante para descartar eventuales actos de encubrimiento, porque si el que la encargó fue el colegio o la congregación ¿puedo confiar en que no hayan presionado a testigos que trabajan en el colegio? O si es un testigo que está dentro de los firmantes ¿puedo confiar en que la información que entregó es verídica?”.
El juez Norambuena Carrillo no acogió los argumentos y rechazó los recursos de reposición del abogado y del Ministerio Público el 23 de septiembre pasado. Su resolución es inapelable.
“TESTIGOS PROTEGIDAS TIENEN TEMOR A LAS REPRESALIAS”
En la causa en la que el sacerdote se encuentra formalizado por abuso sexual en contra de dos menores y con arresto domiciliario total, existen cinco testigos protegidas, cuyos nombres pidió conocer el abogado Hermosilla, alegando que se veía afectado el derecho a defensa
En la audiencia de cautela de garantías, efectuada ayer, la jueza del Cuarto Juzgado de Garantía, Daniela Guerrero, confirmó la decisión del Fiscal de la Zona Oriente, Matías Moya, de no dar a conocer sus identidades.
“Las cinco testigos pidieron reserva de sus nombres argumentando temor a las represalias. Entre mis argumentos para apoyar la decisión del Fiscal mencioné las inserciones de prensa. O’Reilly tiene amigos muy poderosos y el temor de las testigos protegidas es muy justificado”.
http://www.elmostrador.cl/pais/2013/10/03/el-secreto-mejor-guardado-del-caso-oreilly-quienes-pidieron-y-pagaron-la-carta-de-apoyo-al-sacerdote-legionario-en-la-prensa/
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