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martes, 23 de febrero de 2016

Los documentos con que se ordenó la detención de Sebastián Piñera


El 2° Juzgado del Crimen y la Corte de Apelaciones de Santiago firman los dictámenes.
Ambos escritos están fechados el 27 de agosto de 1982.




La orden de captura.
Una resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago y la orden de detención correspondiente emitida por orden del Segundo Juzgado del Crimen local fechados el 27 de agosto de 1982 son los documentos dados a conocer este lunes y que muestran cómo la justicia actuó sobre los responsables del caso Banco de Talca.
En la página cinco de las nueve del documento del tribunal de alzada se puede leer cómo Sebastián Piñera, Emilio Enrique Figueroa Sandoval y Carlos Alberto Massad Abud quedan sujetos a una orden de aprehensión, "bajo apercibimiento de rebeldía".
En tanto, el juez Luis Correa Bulo aparece firmando el documento de captura contra "Miguel Juan Sebastián Piñera Echeñique" por la infracción a la Ley General de Bancos y "defraudación al Banco de Talca".





http://www.cooperativa.cl/noticias/pais/politica/presidenciales/los-documentos-con-que-se-ordeno-la-detencion-de-sebastian-pinera/2009-07-27/171649.html



domingo, 21 de febrero de 2016

Montepíos: El pozo sin fondo de la familia militar

Por :  en Reportajes de investigaciónPublicado: 01.11.2007


Hace casi un año, este sitio web debutó con una investigación sobre los abusos de las hijas y mujeres de uniformados al sistema de pensiones de las Fuerzas Armadas y de Orden. Ahora que la Contraloría destapó millonarias irregularidades en Capredena, nuestro reportaje vuelve a dar luces sobre un escándalo que pagan todos los chilenos.
montepios-sec3Vicealmirante Luis Gómez Carreño con una descripcion laraga que bote el tema
Las historias dan para un libro: marinos que se casan con sus sobrinas, hijas de militares contraen matrimonio en el extranjero, conviven o se anulan. Y eso sin contar las que mienten. Dipreca se querelló por fraude previsional contra 114 mujeres que juraban ser solteras sin serlo. Todo, con tal de recibir un montepío único en Chile para viudas, hijas y hermanas solteras de uniformados. Sólo eliminar el beneficio de orfandad ahorraría hoy más de $5 mil millones a todos los chilenos.
A juzgar por los registros oficiales, el capitán de fragata (r) Leopoldo Fischer, viudo y sin hijos, había decidido a sus 87 años hacer un gran cambio en su vida. Hace exactamente tres años se casó con una mujer más joven, M.H., de 47 años, anulada de su primer matrimonio. Pero la investigación de CIPER da cuenta de otra historia. Fischer vive solo en un cómodo departamento en Viña del Mar. Su “esposa”, vive en una casa en Las Condes en compañía de su pareja desde hace diez años, del hijo de esta unión de 8 años y de dos hijos de su primer matrimonio.
Fischer no ha sido engañado. M.H. es su sobrina y el matrimonio fue sólo un acto de conveniencia para que ella herede a la muerte del marino su buena pensión de la Armada y para que junto a sus tres hijos pudiera gozar desde el mismo momento del matrimonio -y a un precio que ningún afiliado a Isapre tiene- de los servicios del Hospital Naval, el mejor de la Quinta Región.
Fischer no contrajo matrimonio para ayudar a una mujer desvalida. Tanto M.H. como su pareja son médicos veterinarios. Juntos acumulan cuatro propiedades, una sociedad agrícola además de una clínica para animales y una hijuela en Melipilla.
La peculiar situación del capitán Fischer no es una excepción en el sistema de pensiones de los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden. Según un estudio hecho en 2003 por la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena), de las 12.465 hijas solteras mayores de 24 años de uniformados que recibían montepío, 1.360 eran casadas y se habían anulado antes del fallecimiento del padre. La pregunta obvia fue cuántas anularon su matrimonio para recibir el beneficio.
La Dirección de Previsión de Carabineros (DIPRECA) también hizo lo suyo y detectó el año pasado que 114 mujeres que reciben montepíos de la institución como solteras, en realidad están casadas. Otras 30 pensiones se pagan a personas ya fallecidas.
Así, gracias al uso de la tecnología –un simple cruce de sus bases de datos con las del Registro Civil–, la institución que paga las pensiones de la policía uniformada, Investigaciones y Gendarmería, comprobó lo que desde hace años era un secreto a voces: que el de por sí oneroso sistema previsional de las Fuerzas Armadas y de Orden es objeto de abuso y sujeto a una fiscalización dudosa.
Ciento cuarenta y cuatro querellas han sido presentadas este año por Dipreca en contra de sus propios beneficiarios en el 4º Juzgado del Crimen. Se invocó fraude previsional. Y si bien hasta ahora la justicia ha declarado en la mayoría de los casos la prescripción, lo comprobado por Dipreca, una pequeña muestra del problema global, obliga a enfrentar con urgencia la descomposición de un sistema que nació en 1817 cuando Bernardo O`Higgins era director supremo y se acostumbraba que una hija permaneciera soltera para cuidar a sus padres. Los montepíos se incrementaron tras la Guerra del Pacífico, pues se quiso proteger a las familias de los combatientes, alcanzando hasta sus nietas.
Hoy, el sistema beneficia a las viudas de los pensionados de las Fuerzas Armadas y de Orden, cuyo montepío equivale al 100% de la pensión de los uniformados, mientras que sus hijas y hasta hermanas pueden obtener un 75%, siempre y cuando sean solteras.
Mientras en el Congreso se discute actualmente un millonario aporte para financiar la reforma que saque al sistema privado de AFP del colapso que tiene a casi la mitad de los jubilados recibiendo menos que la pensión mínima ($75.000), el sistema de pensiones de las FF.AA. y de Orden se ha transformado en un pozo sin fondo de recursos fiscales. Al punto que hoy representa el 56% del gasto del Fisco en remuneraciones del área militar, mientras que los funcionarios activos sólo reciben el 44% del total, según cifras oficiales del Ministerio de Defensa.
Este año el Fisco invirtió $299.401 millones en pensiones de Dipreca y $500.000 millones en Capredena, es decir, un total de US$ 1.500 millones. La cifra es equivalente a todo lo gastado en 2007 para los programas de protección social Chile Solidario (Pobreza) y Chile Crece Contigo (Infancia). Según los cálculos hechos en el Ministerio de Defensa, eliminar el beneficio de orfandad ahorraría hoy $5.498 millones, los que al 2014 se elevarían a $20.125 millones.

Cambio de sexo y convivencia


El vicealmirante Luis Gómez Carreño nació en el siglo antepasado (1865), es considerado un héroe en la Armada y hasta una población de Viña del Mar fue bautizada con su nombre. Su fama data de 1906, cuando se hizo cargo de contener el pánico de la población tras el terremoto de Valparaíso. Murió en 1930 en un accidente de tránsito y como todos sus compañeros de armas, legó a su familia la generosa pensión establecida para los uniformados tras la Guerra del Pacífico. Tan generosa, que su hija Jeannette, quien en enero cumplirá 100 años, aún recibe el montepío que le heredó su padre.
El monto de su montepío se ha ido incrementando tras la muerte de su madre y sus hermanas, gracias al llamado “acrecimiento”. La última alza fue el 2004, cuando su pareja concurrió a la subsecretaría de Marina para los trámites de transferencia del beneficio que recibía su recientemente fallecida hermana Carmen.
El caso de la hija de Gómez Carreño es emblemático pues refleja cuánto puede extenderse el pago en el tiempo: el almirante pasó a retiro en 1924 con 45 años de servicio, por lo tanto entre, pensiones y montepíos, los pagos del Estado llevan 83 años, cifra que aumenta a 127 años si se suman los que recibió mientras estuvo activo.
En promedio, dice la vicepresidenta ejecutiva de Capredena, Patricia Ewing, el montepío duplica el tiempo que la persona cotiza como funcionario activo. “Estamos absolutamente conscientes de que hay muchas mujeres que –más allá de las que anularon su matrimonio, porque hoy día con el divorcio no tienen ninguna posibilidad de generar montepío- conviven, tienen hijos, mantienen una familia, sin matrimonio, y son beneficiarias de montepío”, reconoce Ewing, quien promueve el fin de las distorsiones.
Si el sistema no cambia, continuarán abusos como el de C.M., exitosa médica con propiedades y un muy buen pasar que desde 2005 agregó a sus bienes la pensión de su fallecido padre contraalmirante. Ella, al igual que otros casos, es soltera pero para todos sus conocidos es casada. El matrimonio se celebró en Paraguay, con lo cual sigue siendo soltera para la previsión de la Armada.
De allí que, en la “familia militar”, uno de los sectores más conservadores del país, se registre un inusual número de mujeres que conviven en vez de casarse para no perder un beneficio que consideran suyo, pero que pagan todos los chilenos. Muchas de ellas, además, tienen ingresos propios.
Como J.A.V, ingeniera agrónoma de 37 años, que si bien tiene un excelente registro de bienes e ingresos recibe pensión del Ejército por su padre, un coronel fallecido en 2001.
La vicepresidenta ejecutiva de Capredena, Patricia Ewing, cuenta que no es raro que algunos pensionados lleguen a preguntar cómo pueden hacer para repartir el montepío, pues “tienen la idea de que la pensión forma parte de su herencia”.
Según el subsecretario de Aviación, Raúl Vergara, antiguamente existía la idea de que el montepío formaba parte del patrimonio del uniformado, por lo que algunos se casaban con la persona más cercana, lo que incluye a empleadas o enfermeras, con tal de no perderlo. Con el tiempo, el ardid ha derivado en otras prácticas.
-Hay abusos, yo los veo. Llegan hijas profesionales de más de 50 años, con hijos y que no se han casado para no perder el montepío, pero qué les va a decir uno -admite el subsecretario Vergara, ante la evidencia de que esa práctica sigue siendo legal.
Entre los casos insólitos, el más recordado en el Ministerio de Defensa es el del hijo de un funcionario de la Fuerza Aérea, que en los años 80 se operó para cambiarse de sexo y legalizó su nueva condición de mujer en el Registro Civil. Tras la muerte de su padre y ya con el nombre de Leslie Santana, acudió a solicitar el montepío al que tienen derecho las hijas mujeres solteras. Leslie alcanzó notoriedad más tarde, cuando se radicó en España y se convirtió en una famosa vedette transexual. En 1997 vino a Chile, según la prensa de la época, a concretar su segundo matrimonio. No fue posible chequear si sigue recibiendo el montepío y sólo se sabe de ella a través de la prensa de farándula madrileña, donde Leslie se caracteriza por no tener pelos en la lengua.

Fracaso legal

“¿Habrá algún almirante dispuesto a casarse conmigo?”, solía decir en broma Michelle Bachelet en 2003, cuando como ministra de Defensa envió los proyectos de ley que modificaban el sistema previsional de las Fuerzas Armadas y Carabineros. La situación de Bachelet fue invocada en la Cámara por la diputada Carolina Tohá, quien planteó que como la ministra era hija de general y además anulada, podía algún día pedir montepío.
-Sabemos que no lo hará jamás; no obstante, tendría ese derecho. ¿Qué pensarían las chilenas si vieran eso? ¿Qué justificación tiene este beneficio? -cuestionó Tohá.
En esa época ya estaba claro qué tan creativas como numerosas son las formas que las familias de los uniformados han desarrollado para no perder un beneficio único en Chile y que se paga con fondos fiscales.
El mensaje presidencial que modificaba la Ley Orgánica de las FF.AA. sostenía que “existe evidencia de abusos, irracionalidad o distorsiones” en diversas áreas. Y se proponía diversas modificaciones, entre las que se limitaba los llamados montepíos de orfandad, eliminando a hijas y hermanas solteras, y la exigencia a las viudas de los jubilados de un mínimo de tres años de matrimonio para acceder al beneficio.
El objetivo central era aminorar la enorme carga fiscal que representa el sistema previsional de los uniformados cuyos beneficiosos son muchísimo mayores que los que reciben el resto de los chilenos y que además es objeto de abusos.

Un privilegio que todos pagamos

Fue a partir de 1980, en plena dictadura, cuando todos los chilenos fueron obligados a ingresar al sistema privado de pensiones que administran las AFP. Desde entonces deben cotizar en torno a 12,5% de sus sueldos. Pero hubo una excepción: los uniformados no aceptaron el cambio y exigieron mantener el sistema antiguo de reparto. Quienes pertenecen a Capredena sólo aportan el 6% de sus remuneraciones para pensiones y el resto es pagado por el Estado. Además de las pensiones, tienen acceso a un privilegiado sistema de salud.
Como contrapartida, las pensiones son mucho mayores. Mientras en el sistema de AFP la jubilación promedio apenas alcanza los $166.000, los afiliados a Capredena reciben un desahucio de entre 20 y 30 sueldos (según antigüedad) y pensiones que en promedio ascienden a $430.000. A diferencia de los civiles, los uniformados pueden llegar a jubilar con el equivalente a su último sueldo: un suboficial de Ejército con 30 años de servicio se puede retirar con $730.000 y un general o almirante con más años puede llegar a recibir $2.300.000, una cifra impensable en el sistema privado.
En cuanto a los montepíos, con motivo de la tramitación del proyecto de ley en 2003, el entonces director de Capredena, Patricio Silva, informó que el promedio de los montepíos de hijas y hermanas ascendía a $300.000, el doble de lo que ese año recibían los jubilados de las AFP tras toda una vida de trabajo.
Silva reveló también que el gasto mensual en montepíos era de 2.040 millones de pesos, es decir 24 mil millones de pesos anuales, a los que había que sumarle unos 500 montepíos nuevos cada año. Sólo el pago a las 1.360 mujeres que habían anulado su matrimonio tenían un costo de 367 millones de pesos, el 14,98% del gasto mensual por ese concepto.
En ese momento a casi todos les pareció que había que racionalizar el sistema. De hecho, el Proyecto de Ley sobre la Modernización del Sistema Previsional y de Salud de las FF.AA. y Carabineros (PRESFAC) fue consensuado con todas las ramas de la Defensa, cuyos representantes concurrieron a la Cámara de Diputados a dar su visto bueno.
Pero algunos parlamentarios fueron más inflexibles que los propios uniformados, al parecer, presionados por el personal retirado y sus familias. En las actas se registra la oposición de la diputada Angélica Cristi –hija de un general de Carabineros- quien consideró necesario saber por qué se habían anulado tantas montepiadas. La diputada Lily Pérez planteó que era arbitrario suponer que era sólo por burlar el sistema y Alberto Cardemil propuso dejar fuera de los cambios a las hijas de los uniformados que ya estaban en retiro.
En la sala, el diputado Jorge Ulloa fue enfático al decir que se estaba quitando “nuevamente” beneficios a los pensionados:
-Hace unos minutos recibí un e-mail: “Estoy muy preocupado por la reforma de la previsión de las Fuerzas Armadas en que se pone empeño para despojar de montepío a la hija soltera. Tengo una hija soltera de 50 años; actualmente no trabaja, nos cuida. ¿Qué pasará con ella cuando mi esposa y yo dejemos este mundo?”-afirmó.
Finalmente, el artículo que eliminaba los montepíos a hijas y hermanas fue rechazado en la Cámara y siguió su trámite con modificaciones. Sabiendo que no habría quórum, en marzo de 2006 el gobierno optó por archivar el proyecto. Pero ahora, en plena discusión de los millones que debe aportar al Fisco para resolver el problema de las pensiones mínimas de los chilenos, nada justifica que el fraude de los montepíos de las Fuerzas Armadas y de Orden siga siendo intocable.
RECUADRO 1
Escándalo en Dipreca
La fiscalización de las irregularidades en Dipreca es muy reciente. Recién el año pasado esa institución tuvo la capacidad de cruzar sus bases de datos con las del Registro Civil. Luego de los asombrosos resultados obtenidos, el director Juan Donati, instauró la política del pareo permanente: los datos se cruzarán al menos tres veces al año, pese a que cada proceso cuesta 9 millones de pesos.
La decisión más importante fue iniciar acciones legales por los cobros irregulares. Los 30 casos de fallecidos corresponden a beneficiarios sin defunción notificada, por lo que la pensión siguió siendo depositada en la cuenta del Banco Estado. O bien fue retirada por otra persona o quedó allí, sin que nadie advirtiera el hecho. Las otras 114 irregularidades corresponden a mujeres que no dieron cuenta de que se habían casado o simplemente mintieron.
Donati explica que del total de 60 mil pensionados, los ilícitos detectados corresponden sólo a al 0,2%, aunque enfatiza que “tienen que tratarse como situaciones irregulares y tomarse todas las medidas para intentar recuperar dineros y generar un precedente de que no se van a aceptar irregularidades”.
La subsecretaria de Carabineros, Javiera Blanco, añade que no se seguirán pagando pensiones que no corresponden. Y anuncia que ya se pidió a Contraloría una reinterpretación de las resoluciones que ha dictado hasta ahora, en las que ha favorecido a las mujeres casadas que reciben montepíos. El argumento del ente contralor ha sido la aplicación de la “prescripción adquisitiva”, lo que implica que transcurridos cinco años desde que se empezó a pagar el montepío, la persona tiene derecho sobre el beneficio, aún cuando haya cometido irregularidades para obtenerlo. (Ver RECUADRO 2)
Un argumento similar ha sido invocado por la justicia para desestimar las querellas. Algunas fueron derivadas a juzgados de otras jurisdicciones, varias se sobreseyeron temporalmente y muchas se declararon prescritas y fueron archivadas.
Ante la imposibilidad de manejar tal cantidad de causas, Dipreca –con sólo 4 abogados en todo el país- solicitó al Consejo de Defensa del Estado analizar todos los caminos legales para recuperar los fondos fiscales.
El abogado del CDE Luis Orellana explica que hasta ahora los análisis jurídicos indican que el mejor camino es optar por la justicia civil. En los casos penales –dice– el tribunal consideró que el principio de ejecución –el momento en que se comienza a pagar el montepío– está prescrito, pero la idea es argumentar que las prestaciones se pagan mes a mes y cada vez se comete el ilícito. Por ello, puede pedirse el reintegro de lo recibido en los últimos cinco años bajo la figura de “pago indebido”.
Donati acota que al otorgar el montepío a una hija o hermana soltera, hay una resolución de la Contraloría que dice explícitamente que la beneficiaria lo pierde si se casa. Por lo tanto, el no cumplimiento de esa norma puede llevar a concluir que existe una intencionalidad, pues está claro que conocían las reglas.
Dipreca aún no ha hecho un cálculo de cuánto dinero se perdió por estos fraudes previsionales –se deben sumar intereses y reajustes–, pero ha desplegado una serie de medidas para impedir que se repitan. Además de los pareos trianuales, se informó en todas las boletas de pago que se están iniciando acciones legales contra quienes vulneren el sistema y se instaló un punto de control del Registro Civil en las oficinas de Dipreca, para chequear cada vez que se otorga una pensión si la beneficiaria es soltera. También se pidió a los hospitales institucionales y sus servicios funerarios que se informe de los fallecimientos de los afiliados, de modo de cortar los pagos inmediatamente. Y al Banco Estado se le solicitó informar trimestralmente de las cuentas que no han tenido movimientos.
En Capredena el sistema de cruce de bases de datos empezó aplicarse hace unos 5 años, momento en el cual se detectaron 49 casos irregulares. Algunos se llevaron a la justicia sin mucho éxito, pues fueron sobreseídos o con condenas remitidas, y aunque se analiza caso a caso, se tiende a negociar con los infractores para conseguir la devolución del dinero.
RECUADRO 2
La voz de la Contraloría
A través de los dictámenes y oficios de la Contraloría es posible reconstruir la jurisprudencia respecto a las montepiadas de las Fuerzas Armadas y de Orden, y apreciar cómo en varias ocasiones los distintos gobiernos han intentado frenar los abusos y también cómo la Contraloría ha variado sus criterios. En una línea paralela, estos mismos oficios permiten apreciar los vanos intentos de algunas hijas por recibir el beneficio a toda costa.
La prescripción adquisitiva
Este argumento de la Contraloría ha impedido que en muchos casos se ponga fin a los montepíos de aquellas mujeres que han mentido sobre su estado civil y han recibido el beneficio por más de 5 años pese a estar casadas. A partir de 2003, este criterio parece haber quedado a firme, aunque ahora la Subsecretaría de Carabineros pide su reconsideración.
Rosario Violeta Díaz Andrade es hija del suboficial de Carabineros Samuel Díaz Luna, fallecido en 1945 y cuya viuda murió en 1993. A partir de esa fecha, su hija Rosario comenzó a recibir el montepío, pero Dipreca alega que “no comunicó que había contraído matrimonio el 29 de octubre de 1954”, lo cual fue descubierto recién en 2004, por lo cual “incurrió en un ilícito previsional, al declarar que su estado civil era soltera y no viuda”. Es decir, recibió el benefició por 11 años pese a no cumplir los requisitos. La contralora subrogante, Noemí Rojas, determinó que “no obstante la existencia de un vicio… no corresponde cuestionar la validez, porque al haber transcurrido más de cinco años desde la concesión del montepío, están prescritas las acciones que en su momento pudo ejercer el respectivo instituto previsional, según normas generales de prescripción contenidas en el Código Civil, debiendo aquél entenderse incorporado definitivamente al patrimonio de la ocurrente”.
Las casadas
Laura García Herrera es hija del empleado administrativo de la Armada Juan Bautista García Díaz, quien falleció en 1972. Su viuda recibió montepío hasta que murió en 1979 y luego comenzaron a recibirlo sus hijas Laura y Nolfa. Según informó la Subsecretaría de Guerra a la Contraloría, en 1991 se acreditó que Laura García estaba casada al momento de comenzar a recibir el montepío y que enviudó en 1983. Y se dejó sin efecto la resolución que le entregaba la pensión. En 1993, Laura García reclamó a la Contraloría que debían restituírselo, ya que había recibido el montepío interrumpidamente por más de 10 años, con lo cual adquiría el derecho por “prescripción adquisitiva”.
El organismo respondió que según la ley, no pueden recibir montepío quienes están casados y “no podrán recuperarlo por causa alguna, ni aún en el evento de nulidad del matrimonio”. Agregó que “el matrimonio la dejó impedida definitivamente para gozar del montepío al fallecimiento de su padre, de modo tal que habiéndose extinguido su derecho, no le resulta posible recuperarlo por motivo alguno, ni aún por prescripción adquisitiva, dado que es imposible incorporar al patrimonio lo que jurídicamente no existe”. Como si fuera poco, el subcontralor Miguel Solar ordenó a Laura García restituir todo el dinero recibido indebidamente entre 1979 y 1992.
Similar es el caso de María Eugenia Poblete Mella, hija del sargento 2º del Ejército Ricardo Poblete Acevedo, quien pidió que le restituyeran el montepío que la quitaron en 2001. La Subsecretaría de Guerra informó que Capredena le entregó antecedentes que acreditaban que Poblete se encontraba casada al momento de recibir el beneficio en 1986, pese a haber presentado una declaración jurada con dos testigos ante notario, asegurando que era soltera. Por eso, no sólo se le suspendió el montepío sino que se solicitó al Consejo de Defensa del Estado que iniciara acciones legales en su contra. El entonces subcontralor, Jorge Reyes, le dio la razón al subsecretario.
Las viudas
Tradicionalmente, la Contraloría consideró que aquellas hijas que enviudaban antes del momento que causaba el montepío (muerte del padre o la madre), tenían derecho a recibirlo. Por ejemplo, el 20 de julio de 1970 otorgó el beneficio a la hija viuda de un carabinero y argumentó que “al estar casadas no pueden recuperar calidad de beneficiarias si posteriormente enviudan, porque los requisitos que habilitan para impetrar beneficio deben cumplirse precisamente al momento de la delación de este. Pero sí pueden gozar de él las hijas que se encuentran viudas a la fecha de la delación, pues tienen calidad de beneficiarias por el solo hecho de ser hijas del causante, y por cumplir requisitos al fallecimiento de éste, ya que no existe impedimento de encontrarse en estado civil de casada”.
En la misma línea, el 11 de abril de 2003 sostuvo que una hija viuda de un oficial de la Fuerza Aérea podía recibir el montepío, agregando que “acorde a la ley de matrimonio civil, éste se disuelve por la muerte natural o presunta de uno de los cónyuges”.
El dictamen 4052 del 29 enero de 2004 marca un cambio en la interpretación de la norma y es explícito en sentar jurisprudencia. Lo gatilla una presentación de Eliana Salazar Salazar, hija viuda del cabo 1º de la Fuerza Aérea Heraldo Salazar Lillo, quien tras la muerte de su madre pidió el montepío, el que le fue rechazado por la Subsecretaría de Aviación y luego aceptado por la Contraloría en 2003. Adicionalmente, la Subsecretaría solicitó reconsiderar su caso y uno más: el de María Raquel Cordero Cuevas, hija viuda del general de Brigada Aérea, Osvaldo Cordero Vallejos.
El argumento fue que “ser viuda impide satisfacer la condición de no haber contraído matrimonio”, según el artículo 202 del DFL (G) Nº1 de 1968. Además, a diferencia de lo sostenido en otros casos por la Contraloría -que afirma que la nulidad no permite recuperar el montepío-, sostiene que el requisito de “no haber contraído matrimonio” sólo lo cumplen las hijas solteras y anuladas, “por el efecto propio de la institución de la nulidad”.
Sorpresivamente, la Contraloría le dio la razón a la Subsecretaría al afirmar que no es posible adquirir el estado de viudez si no se ha estado casado, por lo tanto la viudez acredita el haberlo estado. Sin embargo, de todos modos ordena entregarle el montepío a Eliana Salazar y a Raquel Cordero, “así como a toda otra hija viuda que lo haya requerido antes de la vigencia del criterio jurisprudencial contenido en este oficio”. Explicita luego que esto vale para todas las Fuerzas Armadas y Carabineros.
Coherente con esto, la Contraloría negó el beneficio, en diciembre de 2005, a la hija viuda de un oficial de la Armada. Sin embargo, un año después, en diciembre de 2006, volvió a establecer un matiz a favor de Sonia Henríquez Jara, hija del funcionario de la Armada Guillermo Henríquez Henríquez. La entonces contralora subrogante, Noemí Rojas, acogió el argumento de que las pensiones se pagan desde el momento de la muerte del causante, lo que ocurrió el 24 de octubre de 2003, es decir antes del dictamen que cambió la jurisprudencia en enero de 2004. Por eso, ordenó pagarle el montepío y revocar un oficio anterior que se lo había negado.
Las anuladas
Además de las consideraciones hechas en los oficios mencionados anteriormente, el año pasado la Contraloría debió pronunciarse en un caso de nulidad matrimonial. Se trataba de la hija de un ex funcionario de la FACh, quien al morir su padre en 1991 era soltera y por lo tanto comenzó a recibir el montepío. Se casó en 1999, pero no informó de aquello hasta que en 2004 fue detectada y su montepío cancelado. Tras esto, la mujer se anuló y dos años más tarde pidió que le restituyeran el beneficio pues ya no estaba casada.
La Contraloría consideró que la anulación no altera el hecho de “haber contraído matrimonio” y que los que han perdido el derecho a montepío “no podrán recuperarlo por causa alguna, ni aún en el evento de nulidad del matrimonio que fue motivo de la pérdida”.
Además, en este caso, recalcó que queda “en evidencia que la interesada se encontraba disfrutando indebidamente de la franquicia en comento, motivo por el cual no le asiste el derecho a recuperar el goce de la pensión de montepío que reclama, por no reunir los requisitos exigidos al efecto”.
Bígamos
El ex coronel de Ejército José Nogues Larraín se casó dos veces antes de fallecer el 21 de junio de 1988. Insólitamente, la Subsecretaría de Guerra le concedió pensión de montepío a sus dos mujeres, Luz Johnson Garfias y María Inés de Jesús Ramírez Jara. Luego, se le quitó el beneficio a esta última, pues el 12 de septiembre de 1989 -tras la muerte de Nogues- quedó ejecutoriado el fallo de nulidad por haber un matrimonio anterior no resuelto.
María Inés Ramírez se había casado con el coronel Nogues en Tlaquiltenango, México, en 1961, y luego inscrito el matrimonio en Chile en 1967. Pero la pensión la recibió su primera mujer, luego de que en enero de 1990 el contralor Osvaldo Iturriaga estableciera que Luz Johnson, debía recibir el beneficio desde el día de la muerte del coronel.
Un caso aún más extraño tuvo lugar en 1984, cuando luego de morir el suboficial de Ejército Juan Alberto Prado Parra, se dio una disputa por el montepío entre su segunda y su tercera esposa. Margarita Escobar Abarca se casó primero con él, pero fue declarada presuntamente muerta en 1977 y se fijó su fallecimiento en 1971, aunque había desaparecido un par de años antes. Reapareció después de 14 años y dos meses -justo para pedir el montepío-, por lo que legalmente su matrimonio seguía siendo válido e incluso pudo pedir la nulidad del siguiente vínculo de su esposo, pero no lo hizo. Y si hubiera querido hacerlo, no tuvo tiempo.
Margarita Escobar murió pocos meses después de su reaparición, por lo que la Contraloría sólo se pronunció sobre si tenía derecho a pago durante ese breve período en que estuvo legalmente viva y viuda. El entonces contralor, Osvaldo Iturriaga, decidió que sí.
Un tercer caso de bigamia tuvo lugar en 2003, cuando a las dos cónyuges del civil del Ejército Pablo Juan Bautista Allamand Madaume se les concedió el montepío en partes iguales. Inés Elvira Grado Letemayer, quien se casó en 1935, reclamó que el segundo matrimonio de su esposo con Josefina Alicia Molidari Corradiri, que tuvo lugar en 1965, no era válido. Esta segunda ceremonia tuvo lugar 5 días antes de que la justicia mexicana disolviera el primer matrimonio, acto que según la Contraloría no tiene validez en Chile.
La contralora (s) Noemí Rojas consideró que el segundo matrimonio adolecía de vicio de nulidad porque el primero seguía vigente, por lo que había un año de plazo para solicitar judicialmente la nulidad. Por eso, estableció que si transcurrido ese tiempo no se había hecho la gestión, el montepío podría seguirse pagando a las dos mujeres.
Casadas en el extranjero
Una de las prácticas que usualmente se mencionan como forma de burlar el sistema, es casarse en el extranjero y no validar el vínculo en Chile. En enero de 2006, la Contraloría conoció uno de estos casos, el que fue delatado por la propia hermana. María Ester Cerda Meneses recibió en 2003 el montepío por ser hija del suboficial mayor de la Armada Mardoqueo Cerda Fernández. Dos años más tarde, se otorgó participación en el beneficio a su hermana Sonia Jimena Cerca Meneses, tras solicitarlo mediante una declaración jurada simple. María Ester debía dividir el montepío con su hermana María Jimena, pero la acusó ante la Contraloría de haberse casado en Buenos Aires, Argentina, en 1977. La contralora (s) Noemí Rojas determinó que al no estar inscrito en Chile el matrimonio, no produce efectos legales y le permiten acceder a los beneficios previsionales. María Ester y María Jimena debieron compartir el montepío.
Las hermanas
El más inusual de los casos es el de las hermanas solteras que reciben montepíos. Nora Isabel Calderón Cima quiso heredar el beneficio de su hermana Inés, pensionada de Capredena. Sin embargo, la Contraloría acogió el argumento de la Subsecretaría de Guerra, pues la norma sostiene que el montepío “le asiste sólo a las hermanas solteras huérfanas, que carezcan de medios propios de vida iguales a una suma equivalente en ingresos mínimos o acrediten invalidez o incapacidad absoluta”. Nora Calderón no cumplía el requisito, ya que recibía una pensión del INP.
RECUADRO 3
La ley que viene
La distorsión y los abusos detectados en el sistema previsional de las FF.AA. y de Orden serán nuevamente sometidos al escrutinio público en los próximos meses. Y ello porque el ministro de Defensa, José Goñi, tiene listo el borrador de un proyecto de ley que moderniza la carrera militar –cuyo pilar principal es su alargue- y que incluye la modificación al sistema previsional. La propuesta sólo espera ser zanjada con el Ministerio de Hacienda.
Si actualmente a partir de 20 años de servicio los uniformados pueden acceder a parte de la pensión, el proyecto aumenta el rango a 25 años, mientras que para recibir el máximo se requerirá cumplir 35 años de servicio en vez de los 30 actuales.
Según el subsecretario de Aviación, Raúl Vergara, la idea es aprovechar las capacidades y preparación de los funcionarios, que hoy pueden jubilar a los 50 años con sus pensiones completas. Además, se incorporan nuevos requisitos para los ascensos.
Los cambios tendrán directa incidencia en el sistema previsional, pues aumentará el tiempo y el monto de las cotizaciones subirá a 9,5%.
Se insistirá también en todos los puntos incluidos en el proyecto del 2003, como los montepíos, reliquidaciones (contratos a jubilados y acceso a dos jubilaciones), y dobles pensiones (por dos cargos en la carrera). Según los cálculos oficiales, si entrara en vigencia en 2007, esto significaría un ahorro de $28.000 millones y llegaría a $62.000 millones en 2014.
“Hay que terminar con las distorsiones previsionales. Es un sistema que creemos que es justo y que pude ser absolutamente perfeccionado”, resume la vicepresidenta ejecutiva de Capredena, Patricia Ewing.
Conforme a los nuevos tiempos en que las mujeres también ingresan a las Fuerzas Armadas, Capredena está proponiendo que junto con terminar con las distorsiones se permita que las mujeres uniformadas también puedan dejar el montepío a sus esposos.
Si se aprueban todos los cambios, el costo inicial aumentará el aporte del Fisco en 63 mil millones de pesos el primer año. “La tendencia se elimina en 10 años y en otros 10 años se recupera el mayor gasto”, dice Raúl Vergara, quien asegura que en dos décadas debería revertirse la tendencia actual y el 56% del gasto correspondería a personal activo y sólo el 44% al pasivo.


http://ciperchile.cl/2007/11/01/montepios/




Libro Pinochet S.A.: la base de la fortuna

Descargar desde Memoria Chilena http://www.memoriachilena.cl/archivos2/pdfs/MC0038750.pdf

Introducción

En el año 1999, los senadores norteamericanos Cari Lcvin y Norman Coleman, miembros de la minoría política del Senado de Estados Unidos, fueron comisionados para formar un sub comité investigador para verificar la verdad sobre denuncias de presunciones de lavado de dinero, efectuadas al interior del Banco Riggs, con sede en Washington, Estados Unidos. El combate frontal al blanqueo de capitales de origen dudoso, así como las alarmantes dimensiones alcanzadas por el narcotráfico en ese país, determinaron que el Senado norteamericano aprobara una exhaustiva investigación sobre ese ilícito, así como respecto del destino que se daba al dinero, cuyos montos eran ya cuantiosos. Pese a la muerte del narcotraficante Pablo Escobar Gaviria en las afueras de Medellín, ese ilegal negocio siguió prosperando a causa del crecimiento y decidida acción del Cartel de Cali, heredero y sucesor del Cartel de Medellín. Los estamentos policiales norteamericanos se veían sobrepasados por la habilidad de «importadores», intermediarios y lavadores de grandes fortunas nacidas de dicho tráfico y de otras actividades similares.
Se sabía que el Cartel de Cali controlaba, en la década de los ochenta, alrededor del 80% del narcotráfico en el mundo, generando utilidades del orden de los ocho mil millones de dólares anuales. Un alto porcentaje de esa actividad se desarrollaba al interior de los Estados Unidos. Uno de los mayores operadores conocidos por organismos como la Drug Enforcement Administration (DEA), los servicios aduaneros, la Oficina Federal de Investigación (FBI) y otros similares, era Gilberto Rodríguez Orejuela, considerado el líder de la organización criminal con sede en Colombia.

Medallones de oro para el Dictador





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