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miércoles, 9 de enero de 2013

Suprema da golpe a las Isapres al congelar alzas “injustificadas” de planes de salud


8 DE ENERO DE 2013
Titular del Minsal calificó la decisión como "un bombazo"
Aunque se trata de uno de los sectores con mayores utilidades —más de $66 mil millones sólo entre enero y septiembre de 2012—, el presidente de la Asociación de Isapres, Hernán Doren, consideró que si las alzas no se permiten "lisa y llanamente el sistema colapsa, así de simple, porque las alzas no son antojadizas”.

La Corte Suprema, luego de resolver sobre una serie de recursos de protección contra el alza de planes de las Isapres, determinó que éstas no pueden realizar aumentos anuales injustificados de las prestaciones médicas pactadas, hecho que fue calificado como un verdadero “bombazo” por el ministro de Salud, Jaime Mañalich.
Por unanimidad, los ministros de la Tercera Sala Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Pedro Pierry, María Eugenia Sandoval y el abogado integrante Arnaldo Gorziglia, determinaron que el aumento unilateral de los planes vulnera las garantías constitucionales de los afiliados.
“La facultad revisora de la Isapre debe entenderse condicionada en su esencia a un cambio efectivo y plenamente comprobable del valor económico de las prestaciones médicas, en razón de una alteración sustancial de sus costos y no por un simple aumento debido a fenómenos inflacionarios o a la injustificable posición de que la variación pueda estar condicionada por la frecuencia en el uso del sistema, pues es de la esencia de este tipo de contrataciones la incertidumbre acerca de su utilización”, dispone uno de los fallos.
La resolución sostiene que las Isapres no pudieron demostrar “factores atendibles que justifiquen revisar la adecuación del precio base del plan al que se acogió el recurrente”.
Además, señala que en “la materia sometida al conocimiento de los tribunales con motivo del ejercicio de la acción constitucional de protección dice relación con un contrato de salud previsional celebrado entre un cotizante y una Institución de Salud Previsional”.
“Es en relación con ese contrato de salud que se ha declarado que el alza anual efectuada unilateralmente por la Isapre vulnera las garantías constitucionales del afiliado, de modo que, según se ha dicho, tal proceder resulta arbitrario, por lo que no es posible que se efectúe nuevamente ante iguales supuestos de hecho”, explica.
El dictamen, finalmente, considera que “no resulta admisible que la Isapre reitere esa misma conducta, puesto que la protección otorgada por la jurisdicción es permanente y no transitoria”.

“UN BOMBAZO”

Sobre esta decisión, el titular del Minsal considera que con su decisión, el máximo tribunal del país le pone “un candado bastante duro” a las Isapres.
“La Suprema le pone un candado bastante duro, se trata de una legislación universal. La Corte Suprema señala que todo aumento de plan de precios que se haga y que no esté ingresado por una cuestión objetiva es ilegal y por lo tanto se acabó. Lo que le dice a estos reclamos es que señores, se acabó”, sostuvo el secretario de Estado.
Y enfatizó: “Esto, perdonen que lo diga, es un bombazo”.

HERNÁN DOREN: “LAS ALZAS NO SON ANTOJADIZAS”

La Asociación de Isapres, a través de su presidente, Hernán Doren, acusó el golpe de la decisión del máximo tribunal y manifestó que las instituciones de salud privadas, que sólo durante los primeros siete meses del año pasado aumentaron sus utilidades en más de 31 por ciento, equivalente a más de 66 mil millones de pesos, podrían “colapsar” si no pueden elevar el valor de sus planes.
“Si resulta que no se le permite a las Isapres subir los planes, lisa y llanamente el sistema colapsa, así de simple, porque las alzas no son antojadizas”, dijo el dirigente gremial.
Y agregó que “el sistema de Isapres desaparecería porque es una actividad que no sería rentable, que habría que rehacerla, ponerle plata encima y en esa situación las isapres en el tiempo desaparecerían”.
Finalmente, Doren señaló que “este pronunciamiento no sienta un precedente porque hay una ley que está vigente y que se aprobó el año 2005, en la cual está claramente establecido que las Isapres pueden subir sus planes una vez al año, pueden revisar sus planes, pueden revisar sus costos y tiene toda una metodología para seguir ese proceso”.





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