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miércoles, 28 de septiembre de 2011

Fiscal de la Suprema visa solicitudes de extradición en casos Guzmán y Colonia Dignidad


Mónica Maldonado recomendó a la sala penal del máximo tribunal del país seguir adelante con las peticiones a las justicia de Bélgica y Alemania de Miguel Peña y Harmutt Hopp, respectivamente.


SANTIAGO.- La  fiscal de la Corte Suprema Mónica Maldonado emitió dos informes respecto de solicitudes de extradición de implicados en causas de connotación pública y que habían sido solicitadas por ministros en visita de la Corte de Apelaciones de Santiago.

En el primer caso, se informó favorablemente la solicitud del ministro Jorge Zepeda Arancibia para extraditar desde Alemania al médico Harmutt Hopp, procesado  por los delitos de asociación ilícita en casos de secuestro calificado de la ex Colonia Dignidad.

Con esta decisión, la fiscal Maldonado le recomienda a la sala penal de la Corte Suprema seguir adelante con este proceso de extradición para que el doctor y ex brazo derecho del fallecido Paul Schaefer enfrente a la justicia chilena.

"Se encuentra suficientemente acreditado que se cumplen las regulaciones exigidas en virtud de los principios aludidos, y por ende de esta manera se reúnen todos los requisitos que señalan los artículos 635 y 636 del Código de Procedimiento Penal para hacer procedente la solicitud de extradición activa", dice la fiscal judicial.

Por no existir tratado de extradición entre Chile y Alemania la solicitud de extradición se aprueba de acuerdo a las normas de derecho internacional.

Caso Guzmán

En el segundo caso, Maldonado informó "favorablemente" la solicitud del ministro Mario Carroza para extraditar desde Bélgica al ex frentista Miguel Ángel Peña Moreno, procesado por el homicidio terrorista del senador Jaime Guzmán Errázuriz.

"En la especie, como ya se dijo, se trata del delito de atentado terrorista con resultado de muerte de un senador de la República de tal modo que en Chile la pena privativa de libertad que le es aplicable por este delito es superior a un año (...) se cumple con los requisitos que señalan los artículo N° 1, II y III del tratado para solicitar la extradición y no concurre ninguna de las circunstancia que conforme al mismo, no permitan la extradición".

Entre el Estado de Chile y Bélgica existe un tratado de extradición suscrito en mayo de 1899  y promulgado en marzo de 1904.

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